miércoles, 15 de febrero de 2017

HORARIO ESPECIAL FEBRERO 15

SE INFORMA A LA COMUNIDAD QUE PRO AUSENCIA DE DOCENTES LOS ESTUDIANTES SALEN TEMPRANO , MAS ALGUNOS DOCENTES QUE SE ENCUENTRAN INCAPACITADOS.

sábado, 11 de febrero de 2017

INFORMACION PARA PADRES

Cordial saludo

La Institucion Jose Roberto Vasquez informa a la comunidad de la sede bachillerato
que la Secretaria de Educacion de Medellin aun no ha nombrado los docentes que se hace falta para impartir todas las areas. por lo tanto siguen los horarios especiales, estar pendiente de los horarios de ingreso y salida de los chicos.

sábado, 1 de octubre de 2016

CRONOGRAMA 36 SEMANA DEL 3 AL 30 7 DE OCTUBRE DE 2016




FELICITACIONES: A la docente del aula de apoyo GLORIA VILLEGAS en su cumpleaños

SOLIDARIDAD: Deseamos a las docentes YADIRA LUCIA OSPINA y CLAUDIA PATRICIA MARTÍNEZ que disfruten con sus bebes y al Profesor HAROLD ANTONIO VALDERRAMA,  A la secretaria  ELVIA VELÁSQUEZ una pronta recuperación, lo queremos con nosotros.

OBSERVACIONES:

1.     Se aclara que la semana de receso es del 10 al 14 de octubre, favor dar esta información a los estudiantes dado que existe un error en la circular enviada a los padres de familia.
2.      Se le recuerda a todos los docentes que el control de la disciplina en el aula de clase es competencia de ustedes, que los problemas mayores (agresiones físicas, robos, consumo de estupefacientes, entre otras), son las que se llevan a coordinación siempre y cuando tengan registrado el caso en el observador del grupo con el debido proceso (acciones pedagógicas, citación a padres de familia, etc.), deben estimular los logros alcanzados por los estudiantes tanto dentro como fuera del aula de clase.  Los permisos a los estudiantes para salir a los baños, debe ser individual y controlar el tiempo que se asigna a cada alumno; el baño de los profesores PROHIBIDO facilitárselo a los estudiantes. No dejar los grupos solos, llevar al aula de clase todo el material que se necesite y así evitar enviar a los estudiantes a buscar cosas.
3.     El acompañamiento en los descansos se deben cumplir, para eso se da a conocer los sitios con mucha antelación, el descanso para los estudiantes es en el primer piso, nadie debe quedarse en las aulas de clase ni en las escaleras de 2° y 3° piso.
4.     Para los directores de grupo, formular planes de mejoramiento académico. Revisar las ausencias de sus estudiantes y razón de ellas previa.
5.     Los daños causados por los estudiantes, y que no sean reportados a Coordinación apenas sucedan, deben ser asumidos por el respectivo docente.
6.     Varios docentes aun no han aplicado las 5Ss en sus respectivos espacios, como requerimiento de calidad, y ser responsables con los cuadernos y trabajos de los estudiantes.
7.     Los docentes deben informar a los padres en el cuaderno Comunicador el motivo y la hora por el cual los estudiantes salen temprano, ingresan o tienen reunión.
8.     Buen trato y afecto. (De acuerdo con el documento entregado a cada docente): Aplicable y exigible a todos los miembros de la comunidad educativa, incluidos docentes y directivos. Lo primero que el docente debe brindar a sus estudiantes es el afecto y el respeto, si quiere un mayor desempeño y compromiso de ellos. Debemos tratarlos bien y demostrarles que los queremos, a la par con la exigencia (evitemos  señalizar a los estudiantes).
9.     Restaurante Escolar: Se debe concientizar a los estudiantes sobre el buen uso de los alimentos y del restaurante. (Recordar que el último día de clase y el primero no hay restaurante). Exigir el cumplimiento del reglamento así como la asistencia. Es prioritario la asistencia de aquellos estudiantes que presentan problemas de nutrición dificultades económicas.
10.  Se solicita colaboración de los docentes con el control de la disciplina y a los padres de familia estar pendientes de los horarios y salida de los estudiantes.
11.   Los docentes deben poner en práctica los protocolos dados por Salud Ocupacional el año anterior sobre accidentes laborales.
12.  Todos debemos trabajar el sentido de pertenencia con los estudiantes para que cuidemos los bienes la institución.
13.  Existen varios docentes sin entregar los formatos recordar que es vitar estos para el mejoramiento la entrega diligenciada de los formatos 07-10-12-13.
14.  Varios docentes fueron convocados como jurados de votación, por favor pasar la información a rectoría con el fin de diligencias los respectivos tiempos por votación o por ser jurados.

Néstor René Otálora Garzón. Rector
Adriana Arenas Gómez – Clara Eugenia Moore Acosta -
Gildardo López – David Luján.
Coordinadores


jueves, 29 de septiembre de 2016

RECESO ESCOLAR

INFORMACIÓN IMPORTANTE

De acuerdo a la circular emanada por Secretaria de Educación la semana del Receso Escolar sera: del 10 al 14 de octubre.
invitamos a los padres de familia al establecimiento de relaciones, a fortalecer los procesos y responsabilidades académicas, así también al disfrute de este tiempos.

domingo, 14 de agosto de 2016

MANUAL DE CONVIVENCIA

CAPITULO III

DERECHOS, DEBERES, ACCIONES PEDAGÓGICAS Y ESTÍMULOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA


Los estudiantes son la razón de ser, el eje central y esencial del proceso educativo. En este sentido la labor pedagógica se orienta a formar personas íntegras, e integrales en toda su diversidad, por consiguiente, la asunción de responsabilidades y deberes es parte esencial de la formación de todos los y las estudiantes.
ARTÍCULO 34. Derechos, deberes y acciones pedagógicas de los estudiantes. Los derechos implican a su vez la observancia de responsabilidades y deberes. Se entiende por acciones pedagógicas las estrategias que establece la institución encaminadas al cumplimiento de los deberes por parte de los (las) estudiantes y al reconocimiento de los derechos de  parte de la Comunidad Educativa.

DERECHOS
DEBERES
ACCIONES PEDAGÓGICAS
1.      “Toda persona tiene derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico”. Art. 16 C.N.
2.      Recibir una educación integral permanente, participativa, creativa y formativa, acorde con los fines del sistema educativo colombiano, sin discriminación de raza, sexo religión, opinión política o cualquier otra condición suya, de sus padres o representantes legales. (Ref. Art. 13 C.N.).

3.      Recibir una formación integral que desarrolle plenamente sus capacidades y su ser como persona, con base en la misión, visión y los principios filosóficos de la Institución.

4.      A que se le socialice y reconozca el debido proceso en las diferentes actuaciones que merezcan consideración sancionatoria. Art. 29 C.N. (Ver debido proceso M.C.).

5.      Conocer oportunamente el Manual de Convivencia, participar en su elaboración, estructuración o modificación de manera directa o a través de sus representantes.


6.      Elegir y ser elegido para los diferentes cargos del gobierno escolar u organizaciones existentes en la Institución, siempre y cuando cumpla con los requisitos y perfiles establecidos.

7.      Derecho a que se le garantice la continuidad de sus estudios en la Institución.


8.      Recibir un trato digno, respetuoso de todas las personas que lo rodean dentro y fuera de la Institución.

9.      Expresar libre y respetuosamente sus inquietudes y manifestaciones.



10.   Gozar del descanso, del sano esparcimiento, participar en actividades deportivas, artísticas, culturales y/o científicas en la Institución.


11.   Presentar reclamos justificados cuando haya situaciones problemáticas, aportar y recibir elementos para la solución de las mismas

12.   Respeto por su intimidad y que la información de índole personal que tenga la Institución sea manejada con discreción y sujeción al secreto.

13.    El disfrute de un medio ambiente sano y adecuado que contribuya a su formación integral.

14.   Ser orientado en la construcción de la autonomía, tanto intelectual como ideológica, consagrada en el Art. 19 de la C.N.

15.   Tener un ambiente escolar donde prevalezca la igualdad, sin distinción de clases sociales, origen étnico, credo religioso e ideologías políticas.




16.   Ser reconocido por su buen comportamiento, y el hecho de  poner en alto el buen nombre de la Institución ante la Comunidad.

17.   A disfrutar de un ambiente sano, libre de factores contaminantes en lo físico y en lo psicológico.




18.   Disfrutar de las instalaciones locativas, dotación y servicios dispuestos para actividades curriculares y extracurriculares, haciendo uso responsable de las mismas.



19.   Solicitar explicaciones adicionales a los profesores, sobre aquellos temas no entendidos, siempre y cuando no sea por negligencia del estudiante o falta de atención en clase.

20.   Conocer su estado académico y social antes de registrar los datos en el sistema oficial de información de la Institución.

21.   Recibir oportunamente el informe sobre su desempeño académico y social.

22.   Reconocimiento de sus logros y éxitos en diferentes campos.


23.   Ser tratado con respeto ante sus fracasos y recibir orientaciones para la superación de los mismos.

24.   Que situaciones problemáticas, tanto en lo académico como en lo social, sean tratados con prudencia y respeto, mediante el diálogo, la escucha y favoreciendo el consenso.








25.   Que se le respeten sus bienes y pertenencias.


26.   Utilizar las herramientas e implementos adecuados en el proceso de aprendizaje, como sillas, mesas, lámparas, entre otros.






27.   Que se analicen en todas sus dimensiones las excusas y documentos que justifiquen la no asistencia a la Institución, o los impedimentos para realizar determinadas tareas y que se establezcan las alternativas pedagógicas correspondientes.

28.   Reclamar, respetuosa-mente, ante las instancias competentes, cuando sus derechos sean vulnerados o amenazados. (Cfr.Art. 86 C.N.).

29.   Pertenecer a cualquier grupo cultural o deportivo de la Institución.


30.   A que se le expida el carné estudiantil, los certificados y constancias de escolaridad, de acuerdo con las normas vigentes.



31.   A  la libertad religiosay de culto.







32.   Solicitar y obtener, cuando exista justa causa, autorización para ausentarse del plantel con previo consentimientodel padre de familia o acudiente.
1.      “Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad”. Es deber de todos los estudiantes cumplir con las normas establecidas en el manual de convivencia. Art. 29 Nº 1, Declaración Universal de los Derechos Humanos.

2.      Responder a los esfuerzos y requerimientos que demande la institución a favor de su formación integral y respetar las diferencias individuales.


3.      Al elegir libremente la Institución debe asumir el manual de convivencia con los horizontes institucionales (Misión, Visión y Filosofía).


4.  Observar y respetar el conducto regular y las acciones del debido proceso contempladas en el Manual de Convivencia.


5.     Asumir el Manual de Convivencia como un asunto contractual, el cual debe ser cumplido a cabalidad en todos sus aspectos.



6.  Ser líder positivo del grupo, ejemplo en comportamiento y desempeño académico, y cumplir con todos los requisitos de matrícula para la legalización de la misma.

7.     Acatamiento de las normas que rigen en el Manual de convivencia de la Institución.

8.     Tratar respetuosa y dignamente a docentes, personal administrativo, directivo, padres de familia, compañeros y demás personas de la comunidad, dentro y fuera de la Institución.

9.     Escuchar y comprender sana y respetuosamente el punto de vista del otro.



10.  Participar responsable y sanamente del descanso, el esparcimiento y la variedad de actividades deportivas, artísticas, culturales y/o científicas en la Institución.

11.  Estar dispuesto permanentemente a cumplir con sus deberes como estudiante, presentar reclamos respetuosos y aportar, si es el caso, elementos que contribuyan al tratamiento y soluciónarmónica de situaciones problemáticas que se presenten dentro de la institución o fuera de ella.

12.  Respetar la vida íntima de compañeros, profesores y demás miembros de la Comunidad Educativa.


13.  Contribuir, conservar y proteger un medio ambiente escolar sano, dentro y fuera del aula, que facilite su aprendizaje.

14.  Respetar las diferencias individuales y grupales de compañeros, profesores, padres de familia y comunidad en general.

15.  Contribuir al establecimiento de un ambiente de aprendizaje adecuado, confortable y equitativo, a partir de una correcta presentación personal, uso adecuado del uniforme.


16.  Comportarse dentro de la comunidad educativa con actitud tolerante y dentro de lo establecido por las normas de este Manual.


17. Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, consumir, vender o portar sustancias psicoactivas, fumar o presentarse bajo efectos de los mismos, especialmente dentro del ámbito escolar, cuando se porta el uniforme o cuando se actúa en representación de la Institución.
18.  Utilizar responsablemente los espacios y enseres institucionales de acuerdo con la actividad que se desarrolle, asumiendo los daños y pérdidas que se causen por acción indebida u omisión.

19.  Ser puntual en los deberes inherentes a sus condiciones de estudiante y no perturbar el normal desarrollo de las actividades escolares y extraescolares.

20.  Solicitar de manera respetuosa, información sobre su estado académico y social.




21.  Entregar oportunamente la citación a su acudiente para brindarle el informe sobre su desempeño académico y social.




22.   Actuar con humildad ante el reconocimiento y valoración de sus éxitos.

23.   Manifestar compromiso y espíritu de superación ante los fracasos.


24.  Proceder con respeto, apelando al diálogo racional y democrático, para solucionar los problemas académicos y/o sociales de la institución, respetando el conducto regular a saber:
-          Profesor implicado.
-          Director de grupo.
-          Coordinadores.
-          Rector.
-          Consejo Académico o de Convivencia
-          Consejo Directivo.

25.  Respetar y no usar, sin el consentimiento, los bienes y pertenencias de los demás.

26.  Utilizar adecuadamente herramientas e implementos indicados en el proceso de aprendizaje. De presentarse daños o pérdidas debe responder por su reparación o consecución en acuerdo con los padres o acudientes.


27.  Presentar, oportunamente y en forma auténtica, las excusas y documentos que justifiquen la no asistencia del estudiante a la Institución o el impedimento para realizar determinadas tareas.


28.  Respetar los derechos de los demás contemplados en la Constitución Nacional, Ley de Infancia y Adolescencia,  Manual de Convivencia y  normatividad vigente.

29.Asumir, con responsabilidady dignidad, la representación de la Instituciónen actividades culturales y deportivas.

30. Portar en todo momento el carné estudiantil y solicitar con anterioridad (5 días hábiles) los certificados y constancias de estudio.


31. Respetar la libertad religiosa y de culto de los demás. Abstenerse de generar situaciones de conflicto, por diferencias de culto, haciendo propagandas adoctrinanmientos sugestivas al interior de la Institución


32. Solicitar en la respectiva Coordinación, la salida, que se autorizará con la compañía del padre de familia o acudiente.
1.      Velar por la formación integral de todos y todas las estudiantes desde el compromiso, la responsabilidad y el ejercicio de la autonomía, enfatizando en que todo derecho tiene vinculación implícita un deber.





2.      Desarrollar el respeto por la diferencia, valorando los ritmos de aprendizaje, sin que ello favorezca la negligencia en el cumplimiento de sus deberes.





3.      Fomentar y sensibilizar en todos los estamentos educativos el Manual de Convivencia, horizontes institucionales como punto de partida de toda acción pedagógica, cultural y social.

4.      Socializar y analizar entre todos los estamentos educativos el debido proceso y protocolos establecidos en el Manual de Convivencia.


5.      Entregar el Manual de Convivencia en forma virtual o física al momento de la matrícula y difundirlo en la comunidad, propiciando espacios de participación constante en sus modificaciones y ajustes.

6.      Reglamentar y programar todas las actividades de participación estudiantil teniendo en cuenta la heterogeneidad.

7.      Acompañamiento formativo, permanente y equitativo en todos los procesos académicos y comportamentales.

8.      Fomentar valoresarmónicos derespeto y buen trato en la Comunidad Educativa.


9.      Hacer énfasis en la importancia de una buena comunicación y el respeto por la diferencia de opinión, mediante la díalogo.

10.   Promover la participacióny la vinculación en actividades deportivas, artísticas, culturales y/o científicas en la Institución, favoreciendo el sano esparcimiento y buen uso del tiempo libre.

11.   Permanente motivación a los estudiantespara que planteen soluciones armónicas a los problemas que se presenten en la Institución Educativa.Disposición del docente para valorar, respetar, analizar racionalmente los puntos de vista de todos y todas las(los) estudiantes y aportar elementos para soluciones acertadas, haciendo énfasis en las  acciones retauradoras.

12.   Orientar sobre el entendimiento del buen manejo de la información y del estricto respeto por la vida íntima de las personas.

13.   Fomentar en los estudiantes y miembros de la comunidad Educativaorgullo y sentido de pertenencia por la Institución y su entorno.

14.   Fomentar el buen trato entre pares y miembros de la Comunidad Educativa, mediante campañas que conlleven a un ambiente de concordia.

15.   Concientizar a la comunidad educativa, en especial a losy las estudiantes, sobre las bondades que trae el uso del uniforme como distintivo y símbolo institucional.

16.   Propiciar permanentemente una actitud de respeto, responsabilidad, espíritu de liderazgo y el propósito constante de hacer quedar muy en alto el nombre de la institución, cuando se está fuera de ella.

17.   Promover campañas preventivas permanentes contrael uso de sustancias nocivas para la salud. Educar en el respeto a sí mismo y la alteridad, de tal manera que se evite asistir a la Institución en estados anímicos que perturben el normal desarrollo de actividades curriculares y comunitarias.

18.   Crear conciencia permanente sobre el respeto a las normas establecidas en la Institución para el cuidado y la conservación de los bienes públicos y privados.


19.   Propiciar un ambiente adecuado y atractivo para lograr una asistencia puntual a las clases y actividades institucionales.

20.   Entrega, por cada director de grupo y profesor, de las orientaciones para acceder a la información de desempeño individual del estudiante.

21.   Motivación y entrega organizada de las citaciones para reunión de padres de familia.


22.   Desarrollar el valor de la humildad desde el respeto por la diferencia.


23.   Fortalecer la autoestima, orientando al estudiante para aprender del error.


24.   Establecer permanentemente un ambiente de diálogo y consenso en las clases y fuera de ellas, respetar y acudir al conducto regular para resolver problemas académicos y/o sociales.







25.   Fomentar campañas permanentes sobre el respeto por los bienes de los demás. Análisis, críticas y alternativas de solución para el caso de daños de pertenencias.Establecer controles por parte del grupo para evitar la pérdida de objetos personales.

26.   Explicar el valor del uso adecuado de lasherramientas, materiales y recursos de trabajo pedagógico, deportivo y cultural. Estableciendo un  control frente al uso de los mismos.

27.   Crear conciencia en torno a la responsabilidad que implica presentar oportunamente, y en forma auténtica, las excusas por inasistencia, firmada por el acudiente que firmó la matricula o por quien éste haya delegado ante la Institución.

28.   Crear conciencia sobre la importancia del Manual de convivencia comomecanismo de interacción y formación integral de los estudiantes.

29.   Fortalecer los valores culturales y deportivos de la Institución a través de la conformación de grupos representativos.

30.   Crear conciencia sobre la importancia de portar la identificación como estudiante; e informar sobre los términos de tiempos y requerimientos para solicitar certificados y constancias de estudio.

31.   Programar los actos religiosos con base en las creencias de la mayoría. Se garantiza la libertad de participación a aquellos que al iniciar el año lectivo certifiquen su pertenencia a otra religión. En su defecto deberán realizarse actividades relacionadas con su formación religiosa.

32.   Indagar y analizar las causales por las cuales se solicita la salida. Atender al estudiante para solucionar dificultades al interior de la Institución y evitar la ausencia.

Artículo 35.Deberes de la Familia y estudiante con diagnóstico:
1.    Informar a la institución,  al ingreso y cambio de grado, del diagnóstico que presenta su hijo, entregando, por escrito, el soporte.
2.    Informar a la institución, directivos y docentes las fechas de control por medicina especializada, entregando por escrito el soporte.
3.    Responsabilizarse del suministro oportuno del medicamento al estudiante diagnosticado. El suministro jamás podrá ser responsabilidad del docente o directiva docente.
4.    Informar oportunamente y por escrito el seguimiento terapéutico que reciba el estudiante.
5.    Procurar que el estudiante cuente con la colaboración  de un profesor particular.
6.    Matricular al estudiante con diagnóstico TDAH en una actividad extracurricular y  llevar informes a la institución, mínimo dos veces al año.
7.    Informar a la institución educativa, por escrito, las irregularidades en el suministro del medicamento, por cambio de EPS, demora en las entregas, entre otras.
8.    Asistir, en familia, al acompañamiento psicológico, para recibir asesoría en manejo de normas, hábitos de estudio, tratamiento multimodal, según diagnóstico del estudiante. Además sobre disciplina asertiva, desarrollo de estrategias de autocontrol, redes de apoyo, habilidades sociales.
9.    Mantener una comunicación permanente con directivos y docentes para analizar situaciones, crisis o asuntos específicos del aprendizaje.
10.  Suministrar una dieta baja en azúcares y carbohidratos con el fin de minimizarel comportamiento activo o agresivo.
11.  Verificar el horario y el cumplimiento de tareas, cuidando de que el estudiante traiga los materiales necesarios para cada clase y que no porte objetos  que puedan entorpecer la rutina escolar.
12.  Coincidir como padres y con la institución en los límites, sanciones  y estímulos a aplicar, con el fin de que el estudiante tenga claridad sobre las consecuencias propias de cumplir o infringir las normas.
13.  Acompañar al estudiante en la realización de talleres propuestos  en jornada de flexibilización.
Artículo 36.Deberes de la Institución con estudiantes  diagnosticados:
1.    Velar porque al estudiante se le garantice la permanencia en la institución y que se le brinde una educación pertinente y de calidad.
2.    Permitir el apoyo permanente de la familia en cuanto al suministro oportuno y exacto de los medicamentos.
3.    Flexibilizar o ajustar la jornada escolar, en casos de crisis, para contribuir con el proceso formativo del  estudiante.
4.    En momentos de crisis, analizar el ámbito escolar, con el fin de detectar las situaciones que puedan estar afectando al estudiante.

Artículo 37.Flexibilización de la Jornada para estudiantes con diagnóstico
·         Semiparcial: se realiza una reducción del tiempo de permanencia del estudiante en la institución, cuando sus conductas disruptivas  perturben la disciplina del grupo y no sea posible minimizar las alteraciones con otras estrategias. Debe procurarse que el  estudiante asista a más de la mitad de la jornada. La institución educativa, será la responsable de verificar la sustentación de los talleres académicos. Esta estrategia se realiza mediante resolución rectoral.
·         Parcial: Difiere de la anterior  en que el estudiante solo asiste a la mitad de la jornada. Para aplicarla se requiere resolución rectoral.
·         Total: Implica una minimización de los tiempos de permanencia del estudiante dentro de la institución educativa, cuando sus conductas disruptivas perturben gravemente la disciplina del grupo y no sea posible aplicar otras estrategias. El estudiante sólo asiste a recibir y sustentar talleres dos veces a la semana. Esta estrategia también se realiza mediante resolución rectoral.

Parágrafo único: La Institución Educativa dentro de su política, prácticas y cultura  propone una serie de estrategias de apoyo, para continuar el proceso formativo con los estudiantes, cuando su comportamiento es difícil de manejar en el aula de clases o fuera de ella. Se tienen estipulados unos pasos a seguir donde se les garantiza el derecho a la educación a los estudiantes diagnosticados; sin embargo, cuando, por condiciones externas-como crisis familiares, condiciones del sistema de salud, cambios de EPS, entre otros-no están recibiendo el medicamento respectivo y la situación de normativa se torna inmanejable, se utilizan las siguientes estrategias:

Artículo 38.Deberes de los docentes ante los procesos de la flexibilización

1.    Mantener una comunicación asertiva con la familia y el estudiante, no hacer confrontaciones con el estudiante ante sus compañeros, sino en privado y en presencia del acudiente. (Ya que la confrontación en público detona crisis en los estudiantes que padecen los trastornos mencionados y se pueden tornar agresivos con las o los docentes).
2.    Evitar hablar de las conductas del estudiante al resto del grupo, si el estudiante no está presente.
3.    Diseñar los talleres y actividades que el estudiante deba realizar para continuar con las actividades académicas  en casa, cuando sean diferentes al del resto de sus compañeros.
4.    Orientar o asesorar a la familia y estudiante en la ejecución de los talleres y actividades que el estudiante debe realizar para continuar con las actividades académicas al resto de sus compañeros en su casa.
5.    Entregar los talleres y actividades que el estudiante debe realizar para continuar con las actividades académicas al resto de sus compañeros en su casa.
6.    Procurar que el estudiante NEE esté sentado delante, de ser posible entre condiscípulos sosegados.
7.    En lo posible,  permanecer cerca del estudiante NEE durante tareas que exijan mayor concentración.
8.    Proponerse mirar  a los ojos al estudiante NEE, con frecuencia y afecto, sobre todo, al momento de dar pautas  de trabajo.
9.    Evitar llamadas de atención exageradas y, preferiblemente, reforzar a quienes estén haciendo bien la labor.
10.   Ante la autocorrección del estudiante NEE,  reforzar inmediatamente dicho comportamiento.
11.   Si el estudiante NEE manifiesta un comportamiento nervioso  (distracción, movimiento, comentarios), ofrecerle seguridad ( verbigracia, poniéndole una mano en el hombro).
12.        Evitar los comentarios hirientes ante el  olvido de cuadernos,  libros o cualquier otro im plemento escolar. Ante situaciones como ésta,  el deber es dar la instrucción de manera directa, cortés y clara, para evitar  que su ansiedad aumente y afecte su comportamiento y autoestima.
13.      Ser conscientes de la edad cognitiva y momento evolutivo del estudiante con NEE.
14.  Convocar a los condiscípulos para que se solidaricen con el proceso educativo del estudiante NEE, utilizando un lenguaje asertivo, que no afecte la autoestima del mismo.
15.  Asegurarse de que el estudiante tenga claras, escritas y a la vista las actividades de clase.
16.  Asegurarse de que el estudiante tenga claras cuáles son las temáticas que se le van a  evaluar.
17.  Recordarles con frecuencia, los plazos para entregar trabajos.

Artículo 39.Deberes de la familia ante los procesos de la flexibilización

1.    Acudir a los llamados institucionales en los tiempos y horarios establecidos
2.    Mantener una comunicación clara y asertiva con los docentes y directivos docentes
3.    Informar situaciones externas que estén generando conductas agresivas en el estudiante (situaciones familiares: duelos, separaciones, condiciones económicas precarias.
4.    Entregar los talleres y actividades en los tiempos y horarios definidos por la institución cuando se esté en proceso de flexibilización de jornada.
5.    Apoyar al estudiante en las actividades académicas y en el manejo de la norma el tiempo que este en proceso de flexibilización de la jornada.


ARTÍCULO 40. Derechos de los padres, madres de familia y acudientes en general
1.    Recibir el Manual de Convivencia al momento de su matrícula inicial, cada vez que sea actualizado y a tener la inducción del mismo al iniciar el año escolar. El Manual será entregado al padre de familia o acudiente.
2.    Recibir informes académicos, certificados y constancias de estudio en el tiempo establecido por la ley.
3.    Participar en la planeación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipulen.
4.    Elegir, ser elegido en igualdad de condiciones al consejo  de padres  y demás órganos del Gobierno Escolar.
5.    Expresar respetuosamente sugerencias, opiniones y reclamos que favorezcan la buena marcha del plantel.
6.    Participar y vincularse en todos los programas de formación que ofrezca la Institución, para cumplir adecuadamente con la tarea educativa que les corresponde.
7.    Ser atendidos por parte de directivos, docentes y personal administrativo en los horarios establecidos por la Institución.
8.    Recibir con suficiente anterioridad (mínimo 3 días hábiles) las citaciones y circulares en donde se les informe los compromisos con la Institución.
9.    Utilizar con  previa autorización y con responsabilidad  los espacios existentes en la  Institución.
10.  Recibir un trato cortés y respetuoso por parte de todos los miembros de la comunidad  educativa.
11.  Presentar peticiones de interés general o particular y  obtener respuesta   oportuna.
12.  Recibir en el momento de la matrícula la lista  de materiales educativos, útiles, uniformes y textos.

Parágrafo único: debido proceso en el ámbito disciplinario y de aprendizaje para estudiantes con TDAH, TOD y otros diagnósticos.
Para garantizar el derecho a la educación a estudiantes con diagnóstico de TDAH, trastornos asociados: TOD, antisocial de la conducta, y los incluidos en el ámbito de salud (CIE 10) existe una corresponsabilidad entre la familia,  la institución y  el estudiante.
Reiterando el conocimiento de lo que implica un diagnóstico de los ya mencionados para un menor, y la pertinencia de un trabajo conjunto, con el fin de beneficiar la calidad de vida de dichos estudiantes, se delimitan unas responsabilidades para cada uno de los integrantes de la comunidad educativa:

Artículo 41.Derechos de la familia y estudiante con diagnóstico:
Ser informado oportunamente de la situación comportamental y académica de su hijo.
Ser escuchado.
Estar presente en el aula para minimizar las conductas disruptivas del estudiante diagnosticado. Al ejercer este derecho, de TUTOR,  debe tener en cuenta que la estrategia  cumple la función de apoyar la norma y direccionar al estudiante, por lo tanto, en ningún caso, estará autorizado para hacerle la tarea, apoyar a otros estudiantes o ayudarle a los docentes con actividades personales o propias de su cargo.

ARTÍCULO 42. Derechos de los docentes.
En la Institución Educativa José Roberto Vásquez Barrio Manrique, los docentes tienen derecho a:
1.    Recibir el Manual de Convivencia  y la inducción  al momento  de vincularse con la Institución  y cada vez que sea actualizado.
2.    Recibir trato respetuoso de todos los miembros de la comunidad  educativa en igualdad de condiciones.
3.    No ser desautorizado frente a ningún miembro de la comunidad  educativa.
4.    Ejercer libremente la profesión de acuerdo con lo consagrado en el artículo 27 de la Constitución  Política y la  Ley de Acoso Laboral.
5.    Elegir, ser elegido y ser tratado en igualdad de condiciones en asamblea de docentes para el Consejo Directivo y el Consejo Académico.
6.    Recibir estímulos de la  Institución cuando sea merecedor  de éstos.
7.    Recibir horarios de clases con una adecuada distribución y anticipación (una semana antes del inicio de clases).
8.    Recibir oportunamente los materiales necesarios para las diferentes actividades.
9.    Conocer, con suficiente anterioridad, los contenidos y criterios de la evaluación de desempeño que se le aplica anualmente a los educadores nombrados por el Decreto1278.
10.  Ser evaluado con justicia y objetividad teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes (debido proceso).
11.  Conocer el resultado de su evaluación personal en forma oportuna.
12.  Ser elegido para representar la Institución en actividades pedagógicas, culturales, deportivas y recreativas.
13.  Que se respete el conducto regular y ser el primero en enterarse de cualquier anomalía o dificultad personal.
14.  Ser escuchado con serenidad para que pueda expresar sus ideas, sugerencias y descargos cuando sea conveniente.
15.  Recibir información oportuna de cursos de capacitación docente, actividades y eventos programados por otras instituciones.
16.  Ser respetado sin ningún tipo de discriminación.
17.  Que se le llame la atención en privado en caso que se amerite.
18.  Recibir información (circulares, cronogramas, comunicados, citaciones) con suficiente anterioridad (mínimo 3 días hábiles).
19.  La capacitación y actualización, con equidad, que le permita cualificar su quehacer pedagógico.
20.  Asistir a reuniones programadas por el magisterio a nivel sindical.
21.   Recibir información veraz y oportuna en cuanto a la legislación vigente y la organización, dirección y funcionamiento de la Institución.
22.  Presentar peticiones de interés general o particular y  obtener respuesta oportuna.

ARTÍCULO 43. Derechos del personal directivo docente: rector, coordinadores.
1.    Recibir el Manual de Convivencia  y la inducción  al momento  de vincularse con la Institución  y cada vez que sea actualizado.
2.    Gozar de un ambiente sano que propenda por un bienestar común en la Institución en igualdad de condiciones.
3.    Recibir trato respetuoso de todos los miembros de la comunidad educativa.
4.    Recibir capacitación y actualización con equidad que les permitan cualificar su quehacer.
5.    Ser evaluado con justicia y objetividad, teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes.
6.    A conocer el resultado de su evaluación personal en forma oportuna.
7.    A no ser desautorizado frente a ningún miembro de la comunidad educativa.
8.    A recibir estímulos de la Institución cuando sea merecedor a estos.
9.    Ser escuchado para que pueda expresar sus ideas, sugerencias y descargos cuando sea conveniente.
10.  A que se respete el conducto regular y sea el primero en enterarse de cualquier anomalía o dificultad personal.
11.  A que se le llame la atención en privado en caso que se amerite.
12.  Ser respetado sin ningún tipo de discriminación.
13.  Ser escuchado con serenidad y tenido en cuenta en su libre expresión y sugerencias en beneficio de la Institución.
14.  Exigir el cumplimiento de las normas que se derivan de sus funciones.
15.  Recibir información veraz y oportuna en cuanto a la legislación vigente y la organización, dirección y funcionamiento de la Institución.
16.  Presentar peticiones de interés general o particular y  obtener respuesta oportuna.


ARTÍCULO 44. Derechos de los egresados.
1.    Participar y vincularse en la toma de decisiones institucionales a través de un representante al Consejo Directivo.
2.    Participar en actividades culturales, deportivas, recreativas y académicas programadas por la  Institución
3.    Utilizar con entereza, responsabilidad  y autorización los espacios y bienes existentes en la  Institución.
4.    Ser respetado sin ningún tipo de discriminación.
5.    Asistir e integrarse  a talleres, seminarios, foros de actualización académica y muestras empresariales.
6.    Ser reconocidos como asociación de egresados en sus respectivos estatutos.
7.    Presentar peticiones de interés general o particular y  obtener respuesta oportuna.

ARTÍCULO 45. Normas Para el Uso del Uniforme.

1.    Los estudiantes deberán presentarse al establecimiento dentro de las más elementales normas de aseo y pulcritud personal.
2.    La falda de las niñas se llevará a la rodilla.
3.    En ningún caso se alterará el diseño original del uniforme. No se utilizarán faldas y chalecos diferentes de lo establecido, camisetas cortas(ombligueras), ni sudaderas que arrastren o estén rotas en la bota.
4.    Portar el uniforme completo y organizado, según el modelo, y de acuerdo con el día que corresponda (de gala, Educación Física o taller).
5.    Las camisas, camisetas y camisillas que se usen debajo de la camiseta del colegio, podrán ser únicamente blancas.
6.    En caso de no poder asistir con el uniforme, será necesario presentar ante el coordinador(a) de sección, una excusa escrita, firmada por el acudiente, exponiendo las causas y plazo para cumplir con este deber.
7.    El jean es clásico, es decir, siempre deberá ser azul oscuro (no claro, ni desteñido o desgastes) y sin ningún tipo de accesorios y adornos de otros colores, por pequeños que sean.
8.    La camiseta de Educación Física o de diario podrá utilizarse por dentro o por fuera de la sudadera y el pantalón, según el deseo del estudiante.
9.    Las gorras, boinas y cachuchas sólo podrán usarse en las clases de Educación Física que se realicen en la cancha aledaña y que lo ameriten. Por ningún motivo podrán utilizarse éstas dentro de las aulas o en corredores o portarse con el uniforme, en momentos diferentes a las clases anteriormente señaladas.
10.  Será responsabilidad directa de los docentes de cada clase y de los directores de grupo velar por el porte adecuado del uniforme.

PARÁGRAFO 1. Para el acto de graduación los estudiantes del grado 11° deben portar el uniforme de gala, como símbolo que identifica y da sentido de pertenencia a la  Institución José Roberto Vásquez Barrio Manrique.
PARÁGRAFO 2. El uso indebido del uniforme o la no utilización del mismo  debe ser justificado por escrito por el acudiente, sin que esta situación sea causal de negación de cupo o desescolarización del estudiante.

ARTICULO 46. Horario de ingreso y salida de estudiantes.
 PREESCOLAR  
Jornada de la mañana 7:00 a.m.  a  11:00 a.m.
Jornada de la tarde 12:00 p.m. a 4:00 p.m.
BÁSICA PRIMARIA
Jornada de la mañana6:45 a.m. a  11:45 am.
Jornada de la tarde 12:15 p.m. a 5:15 p.m.
BÁSICA SECUNDARIA
Jornada de la mañana 6:15 a.m. a 12:15 p.m.
Jornada de la Tarde 12:30 p.m. a 6:30 p.m.
Media Técnica: tendrá horarios extendidos, de acuerdo con los requerimientos SENA y horarios de docentes específicos de la modalidad, sin embargo no excederán los límites de horarios institucionales: 6:15 A.M.- 6:30 P.M.
Después de cumplido el horario para el ingreso se procede a cerrar la puerta.  Se permite el ingreso a la Institución posterior al horario establecido, a quienes presenten excusas debidamente diligenciadas por el padre, madre o acudiente, constancias legales (médicas, odontológicas, clínicas, jurídicas) o permisos expedidos por la respectiva coordinación. Los demás estudiantes deberán esperar hasta que el coordinador o docente de disciplina los ingrese y haga el registro, quienes acumulen tres (3) llegadas tarde en un período deben traer el acudiente.
Sugerencia: Por tres (3) llegadas tarde colocar sanción pedagógica y compromiso de puntualidad en el observador y comunicador, firmados por estudiantes y acudientes. Puede crearse un formato sencillo para registrar esta eventualidad y anexarla al comunicador y observador.
Parágrafo: Horarios especiales estos horarios se informaran con anterioridad en el cuaderno comunicador.
i.        Los habrá cuando se presenten actividades extracurriculares especiales o lúdico-deportivas, ausencia de docentes, reuniones y capacitaciones de docentes y directivos, direcciones de grupo, reuniones de Consejo Académico.
ii.        Los estudiantes que por prescripción médica necesiten de una jornada con horario especial, deberán presentar a los directores de grupo y a la coordinación la debida formulación médica recomendada.
ARTÍCULO 47. Deberes de los padres, madres de familia o acudientes.
1.    Conocer la filosofía de la Institución, vivenciarla y darla a conocer.
2.    Generar espacios y hábitos de estudio en los hogares.
3.    Responder por los daños que sus hijos ocasionen  en la Institución.
4.    Participar en la escuela de padres y conformación del Gobierno Escolar.
5.    Presentarse en la Institución con la documentación exigida para diligenciar el registro de matrícula en la fecha establecida.
6.    Cumplir conforme a la norma y de manera inmediata los protocolos establecidos por la ley y en el manual de convivencia, respetando el debido proceso ante cualquier situación que afecte el sano ambiente escolar.
7.    Orientar, colaborar y supervisar la realización de los compromisos académicos de los estudiantes.
8.    Enviar con previa anticipación a sus hijos, para que asistan con puntualidad a todas las actividades programadas por la Institución.
9.    Mantenerse en contacto con la Institución para hacer el seguimiento escolar académico y comportamental de los estudiantes.
10.  Proveer oportunamente a sus hijos de los uniformes y los elementos necesarios para atender las actividades curriculares.
11.  Asistir puntualmente a las entregas oficiales de boletines, reuniones, llamados y asambleas programadas en la Institución; en caso de no asistir, presentar justificación por escrito.
12.  Cumplir con las normas de seguridad y prevención de desastres.
13.  Seguir el conducto regular.
14.  Facilitar a sus hijos la posibilidad de desarrollar el espíritu investigativo, creativo y participativo en eventos culturales, artísticos, deportivos y recreativos.
15.  Enviar excusa escrita debidamente justificada y respaldada con su firma, número de cédula y teléfono cuando su hijo o acudido no pueda presentarse a la Institución o necesite ausentarse de ella.
16.  Velar por la salud psicofísica de sus hijos brindándoles la atención médica preventiva.
17.  Apoyar a la Institución en el trabajo de formación integral que realiza con los estudiantes.
18.  Inculcar a los hijos o acudidos hábitos de cuidado por el medio ambiente, al desarrollar el sentido de pertenencia por el hogar, la Institución Educativa y su comunidad.
19.  Asumir con responsabilidad las consecuencias generadas por las lesiones personales que sus hijos o acudidos ocasionen a cualquier miembro de la comunidad educativa.
20.  Comunicar oportunamente el retiro definitivo de los estudiantes y cancelar el contrato de matrícula (Prestación de Servicios Educativos) correspondiente.
21.  Brindar un trato amable y cortés a todos los miembros de la  comunidad educativa.
22.  Presentarse limpio y organizado a la Institución.
23.  Informar al vigilante de turno el retiro de la Institución de un estudiante durante la jornada escolar.
24.  Informar oportunamente de las limitaciones o problemáticas especiales que tengan sus hijos o acudidos y que interfieran con el desempeño académico o comportamental.
25.  Comunicar a la secretaria cualquier cambio de la información suministrada durante la firma del contrato de matrícula (Prestación de Servicios Educativos).
26.  No entrar a las aulas de clase, sala de profesores y a otras dependencias sin la autorización correspondiente.
27.  Apoyar a la Institución en los correctivos trazados para las conductas inadecuadas de sus hijos o acudidos.
28.  Vigilar que las salidas y actividades a las que sus hijos asistan sean las programadas y autorizadas por la Institución.
29.  Solicitar con anticipación las entrevistas con los docentes o directivos, cuando desee averiguar sobre el rendimiento o comportamiento social de su hijo o acudido.
30.  Apoyar las acciones educativas de la  Institución para que sus hijos o acudidos se comprometan conscientemente con ellas.
31.  Respetar, cumplir y hacer cumplir por sus hijos este manual de convivencia.
32.  Acompañar a sus hijos o acudidos en las salidas pedagógicas, recreativas y culturales, cuando el estudiante curse los grados de preescolar, primero, segundo o tercero.  Sin el cumplimiento de este requisito no se permitirá la participación del niño en estas actividades.
33.  Realizar seguimiento y renovación de los diagnósticos y remisiones de cada estudiantes,  acompañando a sus hijos en las horas necesarias y requeridas para su buen desempeño académico.

Responsabilidades de la familia consignadas en el artículo 22 de la ley 1620 (Ley Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Vio­lencia Escolar

1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y ambiental.

2. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de estilos de vida saludable.

3. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la sexualidad.

4. Participar en la revisión y ajuste del manual de convivencia a tra­vés de las instancias de participación definidas en el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento educativo.

5. Asumir responsabilidades en actividades para el aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos para el desarrollo de competencias ciudadanas.

6. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el manual de convivencia y responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.

7. Conocer y seguir la Ruta de Atención Integral cuando se presente un caso de violencia escolar, la vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el manual de convivencia del respectivo establecimiento educativo.

8. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en la Ruta de Atención Integral a que se refiere esta ley para restituir los derechos de sus hijos cuando estos sean agredidos.

ARTÍCULO 48. Deberes de los docentes.
1.    Conocer la filosofía de la Institución, vivenciarla y darla a conocer.
2.    Seguir  los protocolos establecidos para cada una de las situaciones.
3.    Cumplir y hacer cumplir los acuerdos consignados en el manual de convivencia.
4.    Proteger al educando de la violencia, maltrato, abuso o explotación sexual e informar a los organismos competentes para que garanticen su protección social.
5.    Cumplir oportunamente y en los tiempos acordados con los compromisos académicos: entrega de planes de área, diarios de campo, proyectos institucionales, diligenciar las hojas de vida, hacer las anotaciones en el observador a los estudiantes que infrinjan las normas con los respectivos descargos y entrega de notas en secretaría.
6.    Cumplir conforme a la norma y de manera inmediata los protocolos establecidos por la ley y en el manual de convivencia, respetando el debido proceso ante cualquier situación que afecte el sano ambiente escolar.
7.    Seguir el conducto regular.
8.    Responsabilizarse de las horas de clase y demás actividades escolares a su cargo.
9.    Hacerse responsable de los materiales o enseres que le sean entregados bajo inventario.
10.  Citar a los padres de familia o acudientes para confrontar la asistencia, rendimiento académico y comportamental del estudiante, con constancia escrita en el observador u hoja de vida.
11.  Fomentar instancias de diálogo y reflexión sobre el desarrollo de la asignatura a su cargo para identificar logros, dificultades y negociar alternativas de solución.
12.  Cumplir con las normas de seguridad y prevención de desastres.
13.  Guardar absoluta reserva sobre todos los asuntos que sean de su conocimiento por razón de su oficio y ética profesional. Excepto en aquellos casos en que su información sea requerida para beneficio de la Institución, ajustándose a la verdad.
14.  No entrar  en confianzas verbales, gestuales, ni en caricias con los  estudiantes.
15.  Dar a conocer a los estudiantes los resultados de sus evaluaciones y seguimiento durante el periodo académico, para que puedan ejercer su derecho al reclamo cuando sea el caso.
16.  Promover relaciones cordiales y respetuosas al dar un trato justo, imparcial y equitativo a todos los miembros de la comunidad  educativa.
17.  Brindar información veraz y oportuna  del rendimiento escolar y comportamiento social de un estudiante cuando así lo requieran su padre, madre de familia o acudiente.
18.  En caso de ser designado director de grupo, presentar y ejecutar el proyecto respectivo, cumpliendo con todas las actividades correspondientes a su cargo.
19.  Asignar tareas que puedan efectuar solos los estudiantes y que estén al alcance de sus capacidades, ayudándolos  a aplicar, profundizar o ampliar lo aprendido en la clase.
20.  Exigir a los estudiantes las actividades académicas desarrolladas en el tiempo de ausencia.
21.  Exigir a los estudiantes sancionados los trabajos de reflexión aplicados como correctivos.
22.  Estimular en los estudiantes el aprendizaje a partir de sus logros y progresos.
23.  Acompañar a los usuarios del restaurante mientras utilizan el servicio, cuando la mitad más uno de ellos son usuarios.
24.  Preparar oportunamente las clases a fin de brindar a los estudiantes alternativas de aprendizaje y formación.
25.  Utilizar las metodologías y los lenguajes necesarios para que sus clases sean amenas, entendibles  y faciliten el proceso de enseñanza aprendizaje, manteniendo un ambiente cordial.
26.  Permanecer en la  Institución durante toda la jornada de trabajo.
27.  Analizar y solucionar, en primera instancia, las dificultades académicas y/o comportamentales de los  estudiantes en su área, cumpliendo con los conductos regulares en la solución de conflictos.
28.  Participar activamente en la motivación y seguimiento de los estudiantes a su cargo; remitiendo acorde con el debido proceso los casos especiales a los directores de grupo, coordinación o a la instancia que corresponda para su adecuado tratamiento.
29.  Llegar puntualmente a la Institución, aula de clase y actividades programadas.
30.  No pedir dinero prestado a los estudiantes.
31.  Propiciar los espacios para el descanso, las pausas activas, el juego, el esparcimiento, el deporte, la cultura y las artes, en la formación del  estudiante.
32.  Ejecutar el plan de estudio definido en el Proyecto Educativo Institucional.
33.  Participar activamente en la revisión y ejecución del PEI, planes de área, proyectos pedagógicos, planeación y evaluación de actividades curriculares y de proyección.
34.  Estimular y animar constantemente los esfuerzos de los  estudiantes.
35.  Prestar asistencia de tipo pedagógico a los educandos en las horas de actividad docente sin estudiantes.
36.  Cumplir con el acompañamiento durante los descansos cuando sean asignadas las comisiones, conforme a los turnos establecidos por el Coordinador.
37.  Llamar la atención al  estudiante en forma privada cuando el hecho se refiere a circunstancias personales y en público cuando el hecho afecte la colectividad.
38.  No ausentarse del aula de clase sin causa justificada.
39.  Programar el trabajo de los estudiantes acorde con la(s) hora(s) de clase(s) en ausencia justificada y no justificada (banco de talleres), para evitar comportamientos sociales inadecuados y pérdida de tiempo.
40.  Abstenerse de sanciones que ridiculicen al educando o que de alguna manera afecten su dignidad personal.(Analizar el cumplimiento del numeral 40 del artículo 56 en las formaciones generales)
41.  No practicar juegos de azar, ni apostar dinero, dentro de la Institución.
42.  Hacerse responsable de las pérdidas ocasionadas cuando envíe estudiantes a la sala de profesores u otras dependencias.
43.  Orientar a los estudiantes en el uso de algunas zonas de la Institución educativa, como medidas preventivas de accidentes y para un mejor control disciplinario.
44.  Verificar oportunamente con los padres, madres de familia o acudientes las excusas presentadas por los estudiantes.
45.  No fumar en los espacios de la Institución, con el fin de proteger la salud física, propia o de cualquier miembro de la  comunidad educativa.
46.  Solicitar autorización escrita a los  coordinadores  en caso de enviar estudiantes fuera de la Institución, por causas justificadas (enfermedad o  accidente).
47.  No consumir ningún tipo de alimentos en el aula de clase, biblioteca, laboratorio, sala de vídeo, talleres, sala de cómputo, aula múltiple, aula de tecnología e informática, entre otros.
48.  Revisar las tareas y actividades asignadas a los  estudiantes de manera objetiva.
49.  No realizar actividades extracurriculares fuera de la Institución, sin previa autorización del rector o coordinadores.
50.  Los demás que le asigne el Proyecto Educativo Institucional de acuerdo con las normas vigentes.

Responsabilidades de los docentes consignadas en el artículo 19 de la ley 1620 (Ley Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Vio­lencia Escolar).

1. Identificar, reportar y realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y repro­ductivos que afecten a estudiantes del establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de 2007 y demás normatividad vigente, con el manual de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar.

Si la situación de intimidación de la que tienen conocimiento se hace mediante medios electrónicos, igualmente deberá reportar al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.

2. Transformar las prácticas pedagógicas para contribuir a la cons­trucción de ambientes de aprendizajes democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.

3. Participar de los procesos de actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del establecimiento educativo.

4. Contribuir a la construcción y aplicación del manual de convivencia.

ARTÍCULO 49. Deberes del  Rector.
1.    Conocer la filosofía de la Institución, vivenciarla y darla a conocer.
2.    Orientar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y aplicar las decisiones del Gobierno Escolar.
3.    Llamar la atención a los estudiantes cuando quebranten alguna norma.
4.    Participar en cursos de capacitación que mejoren el proceso educativo de todos los estamentos de la comunidad.
5.    Cumplir conforme a la norma y de manera inmediata el debido proceso establecido en el manual de convivencia, ante cualquier situación que afecte el sano ambiente escolar.
6.    Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
7.    Exigir de forma equitativa el cumplimiento de los deberes a coordinadores y docentes, mediante la aplicación de la norma a quien  o quienes la omitan.
8.    Respetar los cronogramas de trabajo presentado con suficiente anticipación por todos los comités o jefes de proyectos.
9.    Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de  la educación en el establecimiento.
10.  Seguir el conducto regular.
11.  Guardar absoluta reserva sobre todos los asuntos que sean de su conocimiento por razón de su oficio y ética profesional. Excepto en aquellos casos en que su información sea requerida para beneficio de la Institución, ajustándose a la verdad.
12.  Cumplir con las normas de seguridad y prevención de desastres.
13.   No entrar  en confianzas verbales, gestuales, ni en caricias con los  estudiantes.
14.  Asignar al iniciar cada año horarios, proyectos, comités de trabajo, actividades, entre otros, a cada encargado.
15.  Mantener activas las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o auspiciadores de la Institución y con la comunidad local.
16.  Respetar el derecho al libre pensamiento, de réplica y toma de decisiones.
17.  Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad  educativa.
18.  Asignar la carga académica a cada educador atendiendo a su perfil académico o área de desempeño.
19.  Orientar el proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
20.  Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual de convivencia.
21.  Identificar las nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del mejoramiento del Proyecto Educativo Institucional.
22.  Promover actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la comunidad local.
23.  Rendir informes semestrales de presupuesto legalmente sustentados a la comunidad educativa.
24.  Aplicar las disposiciones que se expiden por parte del Estado atinentes a la prestación del Servicio Público Educativo.
25.  Avisar oportunamente a la  comunidad educativa cuando deba ausentarse de la Institución.
26.  Citar a reuniones de Consejo Directivo una vez por mes o de forma extraordinaria cada que una situación lo amerite.
27.  Respetar, cumplir y hacer cumplir las decisiones colectivas tomadas en cada uno de los consejos.
28.  Iniciar puntualmente las reuniones, actividades o eventos convocados por él u otras personas.
29.  Autorizar los permisos para los docentes cuando sean de uno a tres días.
30.  Dar un trato amable, justo y equitativo a todos los miembros de la  comunidad educativa.
31.  Administrar el personal docente, coordinadores y de servicios generales en el ejercicio de sus funciones, generando ambientes de trabajo saludables.
32.  Aplicar el debido proceso en el cumplimiento de sus funciones (Art. 25 Decreto. 1860/94).
33.  Exigir de forma equitativa el cumplimiento de los deberes a coordinadores y docentes, mediante la aplicación de la norma a quien o quienes los omitan.
34.  Proteger al educando contra la violencia, maltrato, abuso o explotación sexual e informar a los organismos competentes para que garanticen su protección social.
35.  Todos los demás consignados en las disposiciones legales vigentes.
36.  El rector establecerá horarios de especiales para atender las necesidades de la comunidad educativa.

Responsabilidades del rector consignadas en el artículo 18 de la Ley 1620 (Ley Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Vio­lencia Escolar).

1. Liderar el comité escolar de convivencia acorde con lo estipulado en los artículos 11, 12 y 13 de la presente ley.

2. Implementar el comité escolar de convivencia y garantizar el funcionamiento de sus funciones (Artículo 17 Ley 1620)

3. Incorporar en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de prevención y de promoción, y los protocolos o procedimientos establecidos para la implementación de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

4. Liderar la revisión y ajuste del Proyecto Educativo Institucional, el manual de convivencia, y el sistema institucional de evaluación anual­mente, en un proceso participativo que involucre a los estudiantes y en general a la comunidad educativa en el marco del Plan de Mejoramiento Institucional.

5. Reportar aquellos casos de acoso y violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo, en su calidad de presidente del comité escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los pro­tocolos definidos en la Ruta de Atención Integral y hacer seguimiento a dichos casos.

Artículo 50. Deberes de los Coordinadores.
1.    Conocer la filosofía de la Institución, vivenciarla y darla a conocer.
2.    Participar en la formulación y construcción del Proyecto Educativo Institucional y cualquier otra actividad que requiera la Institución.
3.    Elaborar el Proyecto de Gestión Curricular de acuerdo con sus funciones y el Proyecto Educativo Institucional.
4.    Elaborar su Proyecto de Gestión del Talento Humano de acuerdo con sus funciones y el Proyecto Educativo Institucional.
5.    Exigir de forma equitativa el cumplimiento de los deberes a  los docentes, mediante la aplicación de la norma a quien o quienes los omitan
6.    Participar en las reuniones de las comisiones de evaluación y promoción y asesorarlas en el cumplimiento de sus funciones.
7.    Proponer estrategias que garanticen calidad, creatividad y modernización en el desarrollo curricular.
8.    Guardar absoluta reserva sobre todos los asuntos que sean de su conocimiento por razón de su oficio y ética profesional. Excepto en aquellos casos en que su información sea requerida para beneficio de la Institución, ajustándose a la verdad.
9.    No entrar  en confianzas verbales, gestuales, ni en caricias con los  estudiantes.
10.  Seguir el conducto regular.
11.  Cumplir con las normas de seguridad y prevención de desastres.
12.  Respetar el derecho al libre pensamiento, de réplica y toma de decisiones.
13.  Ayudar a enfrentar y a resolver las dificultades que se le presenten a cualquier miembro de la comunidad.
14.  Propiciar espacios para el debate académico donde se contrasten las ideas dentro del respeto por las opiniones de los demás, el respeto a la singularidad, se estimule la creatividad y productividad de los miembros de la  comunidad educativa.
15.  Diseñar estrategias para el desarrollo de la capacidad intelectual de estudiantes y profesorado en los diferentes programas, a partir de la investigación como soporte básico.
16.  Generar acciones que permitan guiar el proceso de cambio hacia una Institución moderna, democrática y productiva.
17.  Liderar procesos de cambio de mentalidad individual y organizacional.
18.  Tramitar oportunamente con quien corresponda la solución de las necesidades  y los problemas que presente la comunidad  educativa.
19.  Hacerse cargo de los grupos en ausencia de los docentes,  tomando decisiones inmediatas.
20.  Participar en calidad de invitado en las deliberaciones del Consejo Directivo.
21.  Participar en cursos de capacitación que cualifiquen el proceso educativo de todos los estamentos de la comunidad.
22.  Preparar su propio plan de programación, organización y ejecución de la coordinación y su correspondiente evaluación.
23.  Iniciar puntualmente las reuniones, actividades o eventos convocados por él u otras personas o estamentos.
24.  Representar al rector en las funciones propias de rectoría, cuando lo  delegue por escrito en ausencias temporales.
25.  Coordinar la integración y funcionamiento del Consejo Académico.
26.  Responder por el uso adecuado, mantenimiento y seguridad de los equipos muebles y materiales confiados a su cargo.
27.  Organizar y coordinar la ejecución de los proyectos pedagógicos e institucionales.
28.  Proteger al educando contra la violencia, maltrato, abuso o explotación sexual e informar a los organismos competentes para que garanticen su protección social.
29.  Ejecutar y hacer cumplir las decisiones tomadas por el Consejo Directivo sobre procesos comportamentales de los estudiantes.
30.  Definir y desarrollar con los directores de grupo un proyecto de orientación y formación según las necesidades e intereses de los estudiantes.
31.  Convocar y presidir las reuniones de los directores de grupo y participar en las reuniones del Consejo Académico y demás organismos definidos en el Proyecto Educativo Institucional.
32.  Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales, políticas y decisiones de orden operativo.
33.  Cumplir conforme a la norma y de manera inmediata el debido proceso establecido en el manual de convivencia, ante cualquier situación que afecte el sano ambiente escolar.
34.  Coordinar el proceso de construcción, revisión y aplicación del manual de convivencia.
35.  Ajustar su proceder y determinaciones a las normas establecidas en la Ley de Infancia y Adolescencia.
36.  Fortalecer los canales de comunicación con y entre los diferentes estamentos.
37.  Coordinar con empresas, medios de comunicación e instituciones en general, las acciones pertinentes encaminadas a la proyección comunitaria e institucional.
38.  Potenciar acciones educativas tendientes a crear ambientes de convivencia democrática, sobre la base de formación en valores.
39.  Orientar a la comunidad educativa hacia estrategias de prevención, negociación y resolución pacífica de conflictos.
40.  Diligenciar los registros y controles de asistencia de los docentes y comportamiento social de los estudiantes, presentándolos oportunamente al  jefe inmediato.
41.  Velar por el cumplimiento de los deberes de los docentes y de los estudiantes.
42.  Autorizar los permisos a los docentes hasta por tres horas.
43.  Dar el visto bueno a las excusas e incapacidades que presenten los estudiantes.
44.  Presentarse en portería para autorizar el ingreso de los docentes que  llegan después del horario establecido.
45.  Diseñar y ejecutar los procesos de inducción para estudiantes, educadores y servicios generales.
46.  Participar en las asignaciones académicas y demás funciones de docentes, coordinadores y personal a cargo.
47.  Realizar la evaluación semestral de educadores.
48.  Realizar un permanente autocontrol de todas las funciones y procesos administrativos inherentes a su cargo.
49.  Responder por la organización del archivo de su coordinación y controlar su actualización permanente.
50.  Visitar periódicamente los grupos para observar los procedimientos de formación empleados y valorar la labor de los profesores y los resultados obtenidos.
51.  Todos los demás consignados en las disposiciones legales vigentes.


ARTÍCULO 51. Deberes de los egresados.
1.    Conocer la filosofía de la Institución, vivenciarla y darla a conocer.
2.    Ser partícipes del desarrollo y progreso de la Institución.
3.    Asistir y participar en los eventos que se realizan a beneficio de la Institución.
4.    Respetar los horarios establecidos en la Institución.
5.    Respetar las normas institucionales durante las actividades lúdicas, deportivas y culturales a las que  asista.
6.    Contribuir al desarrollo y fortalecimiento de los procesos educativos desde el conocimiento de la Institución y el conjunto de valores y principios adquiridos en ésta.
7.    Proyectar una buena imagen de la Institución.
8.    Presentar oportunamente la terna requerida por el Consejo Directivo para la elección de su representante.
9.    Presentarse a la Institución limpio y organizado.
10.  Seguir el conducto regular.
11.  Guardar absoluta reserva sobre todos los asuntos que sean de su conocimiento por razón de su oficio y ética profesional. Excepto en aquellos casos en que su información sea requerida para beneficio de la Institución, ajustándose a la verdad.
12.  El  egresado elegido para representar a la  asociación de egresados en el Consejo Directivo debe asistir puntualmente a las reuniones del mismo e informar sobre las deliberaciones sostenidas.

ARTÍCULO 52. Estímulos para los estudiantes.
1.    Reconocimiento en privado y en público del esfuerzo, dedicación y colaboración en disciplinas deportivas, culturales, científicas, académicas y comportamentales dentro y fuera de la Institución.
2.    Ser elegido por la Institución para representar la heterogeneidad en eventos académicos, culturales, religiosos, deportivos y recreativos.
3.    Inclusión en el cuadro de honor institucional, al finalizar cada período académico, de los estudiantes que se hayan distinguido en aspectos académicos, comportamentales y en formación de valores.
4.    Otorgar anualmente la “Medalla de excelencia en la Institución José Roberto Vásquez” al mejor estudiante de cada grupo (que represente excelencia académica, comportamental y en coexistencia).
5.    Placa de honor al estudiante mejor bachiller, al que haya obtenido el mayor promedio en las pruebas ICFES y al estudiante que represente la superación personal, en pro de la equidad; la placa se entrega en el acto de graduación.
6.    Izar la bandera como reconocimiento a valores patrios, cívicos, deportivos, culturales, académicos, científicos, de tolerancia e integración.
7.    Otorgar medalla de reconocimiento a los estudiantes que hayan realizado la totalidad de sus estudios en la Institución Educativa José Roberto Vásquez y representen la multiplicidad.
8.    Anotaciones positivas en el observador  y en  hoja de vida, que resalten los comportamientos en pro de la sana convivencia,  la paz, la aceptación de la diversidad   y  la inclusión.
9.    Recibir el boletín de calificaciones sin la presencia del padre, madre de familia o acudiente como reconocimiento a su buen desempeño académico y buen comportamiento
10.  Posibilitar la promoción anticipada a aquellos estudiantes que demuestran superioridad académica y un alto grado de tolerancia y de integración social.

ARTÍCULO 53. Estímulos para los docentes y directivos.
1.    OTORGAR la “Medalla Institución Educativa José Roberto Vásquez” a los docentes que se hayan distinguido por su vocación de servicio, compromiso y armonía en las relaciones interpersonales dentro de la Institución. Este reconocimiento se hace anualmente a través del voto secreto de docentes y directivos, en ceremonia pública presidida por el Consejo Directivo.
2.    Participación en seminarios, simposios y talleres de actualización, organizados por la Institución o apoyados por ella.
3.    Reconocimiento en privado y en público de la dedicación, la colaboración y la actitud tolerante manifestada en su labor institucional.

ARTÍCULO 54. Estímulos para los padres, madres de familia o acudientes.
1.    Otorgar la “Medalla de la Institución Educativa José Roberto Vásquez” a los padres, madres de familia o acudientes que se hayan destacado por su colaboración, acompañamiento, compromiso y liderazgo en los proyectos ejecutados en la Institución. Esta mención se hace anualmente en el acto de clausura y es presidida por el Consejo Directivo.
2.    Reconocimiento en privado y en público de la dedicación, integración y colaboración institucional.


TITULO TRES
CONVIVENCIA ESCOLAR Y  FORMACIÓN  PARA EL EJERCICIO  DE LOS DERECHOS  HUMANOS , LA PREVENCIÓN  Y MITIGACIÓN DE LA VIOLENCIA ESCOLAR

CAPITULO I
DERECHOS, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS

Artículo 55. Derechos: De acuerdo con el Artículo 35 del Decreto 1965 de 2013.  “En todas las acciones que se realicen en el marco de los diversos componentes de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar, debe garantizarse la aplicación de los principios de protección integral, incluyendo el derecho a no ser revictimizado; el interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes; la prevalencia de los derechos; la corresponsabilidad; la exigibilidad de los derechos: la perspectiva de género y los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes de los grupos étnicos, como se definen en los Artículos 7º  al 13 de la Ley 1098 de 2006. Así mismo, se deberá garantizar el principio de proporcionalidad en las medidas adoptadas en las situaciones que afecten la convivencia, y la protección de datos contenida en la Constitución, los tratados internacionales y la Ley 1581de 2012.
Artículo 56. Objetivos: De acuerdo con el Artículo 4º, de la Ley 1620 de 2013, son objetivos del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, los siguientes:
1. Fomentar, fortalecer y articular acciones de diferentes instancias del Estado para la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y re­productivos de los niños, niñas y adolescentes de los niveles educativos de preescolar, básica y media.

2. Garantizar la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en los espacios educativos, a través de la puesta en marcha y el seguimiento de la ruta de atención integral para la convivencia escolar, teniendo en cuenta los contextos sociales y culturales particulares.

3. Fomentar y fortalecer la educación en y para la paz, las competencias ciudadanas, el desarrollo de la identidad, la participación, la responsabi­lidad democrática, la valoración de las diferencias y el cumplimiento de la ley, para la formación de sujetos activos de derechos.

4. Promover el desarrollo de estrategias, programas y actividades para que las entidades en los diferentes niveles del Sistema y los establecimientos educativos fortalezcan la ciudadanía activa y la convivencia pacífica, la promoción de derechos y estilos de vida saludable, la prevención, de­tección, atención y seguimiento de los casos de violencia escolar, acoso escolar o vulneración de derechos sexuales y reproductivos e incidir en la prevención y mitigación de los mismos, en la reducción del embarazo precoz de adolescentes y en el mejoramiento del clima escolar.

5. Fomentar mecanismos de prevención, protección, detección tem­prana y denuncia de todas aquellas conductas que atentan contra la con­vivencia escolar, la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los estudiantes de preescolar, básica y media, particularmente, las relacionadas con acoso escolar y violencia escolar incluido el que se pueda generar a través del uso de la internet, según se defina en la ruta de atención integral para la convivencia escolar.

6. Identificar y fomentar mecanismos y estrategias de mitigación de todas aquellas situaciones y conductas generadoras de situaciones de violencia escolar.

7. Orientar estrategias y programas de comunicación para la movili­zación social, relacionadas con la convivencia escolar, la construcción de ciudadanía y la promoción de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

8. Contribuir a la prevención del embarazo en la adolescencia y a la reducción de enfermedades de transmisión sexual.

Artículo 57. Principios. De acuerdo con el artículo 5º, de la ley 1620 de 2013, son principios del Sistema Na­cional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Huma­nos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, los siguientes:

1. Participación. En virtud de este principio las entidades y estable­cimientos educativos deben garantizar su participación activa para la coordinación y armonización de acciones, en el ejercicio de sus respec­tivas funciones, que permitan el cumplimiento de los fines del Sistema. Al tenor de la Ley 115 de 1994 y de los artículos 31, 32, 43 y 44 de la Ley 1098 de 2006, los establecimientos educativos deben garantizar el derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes en el desarro­llo de las estrategias y acciones que se adelanten dentro de los mismos en el marco del Sistema. En armonía con los artículos 113 y 288 de la Constitución Política, los diferentes estamentos estatales deben actuar en el marco de la coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad; respondiendo a sus funciones misionales.

2. Corresponsabilidad. La familia, los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del Sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de la Infancia y la Adolescencia.

3. Autonomía: Los individuos, entidades territoriales e instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites fijados por las leyes, normas y disposiciones.

4. Diversidad: El Sistema se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes.

5. Integralidad: La filosofía del sistema será integral y estará orientada hacia la promoción de la educación para la autorregulación del individuo, de la educación para la sanción social y de la educación en el respeto a la Constitución y las leyes.



CAPITULO II.
COMITÉ DE CONVIVENCIA

ARTÍCULO 58.  Comité De Convivencia. Es una instancia de medicación para la resolución de conflictos, de  apoyo formativo encargado de promover la convivencia desde las líneas de promoción, prevención, atención y seguimiento. Su labor fundamental es la de orientar, asesorar y definir estrategias en la comunidad educativa que lleven a la solución pacífica de los conflictos.

ARTÍCULO 59. Conformación del Comité de Convivencia. Este Comité está conformado por:
·         El Rector del establecimiento educativo, quien preside el comité
·         El Personero Estudiantil
·         Un docente con función de orientación
·         Un coordinador cuando exista este cargo
·         El presidente del Consejo de Padres de Familia
·         El presidente del Consejo de Estudiantes
·         Un (1) docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.


ARTÍCULO 60. Funciones del Comité Escolar de Convivencia: La ley 1620 de 2013 y el Decreto reglamentario 1965 del mismo año, establecen las siguientes funciones:

1.    Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
2.    Liderar en los establecimientos educativos acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la comunidad educativa.
3.    Promover la vinculación de los establecimientos educativos a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de su comunidad educativa.
4.    Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del establecimiento educativo.
5.    Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones específicas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité de acuerdo con lo establecido en el manual de convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.

6.    El desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.

7.     Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas en el manual de convivencia, y presentar informes a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.

8.    Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.

PARÁGRAFO:este comité debe darse su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar.

ARTÍCULO 61. Comités de convivencia grupales: Son instancias de participación en los asuntos inherentes a la convivencia escolar en el aula de clase. Se constituyen en mecanismos de resolución de los conflictos que se presenten en la cotidianidad de la vida académica, y son la fuente primaria de información de las eventualidades que se susciten entre estudiantes.

Sus funciones, entre otras, son:

1. Conformarse con la participación de estudiantes de cada grupo que tenga la Institución, 2 padres o madres de familia y el director (a) de grupo.

2.  Intervenir en los conflictos que se presenten entre pares.

3.  Informar al Director de grupo las conductas de estudiantes que afecten el clima del aula.

3.    Reunirse periódicamente para analizar las situaciones que se hayan presentado en el salón de clases.

5.  Presentar informes de situaciones relevantes ante el Comité de Convivencia Escolar.


CAPÍTULO III
ACCIONES  DEL COMPONENTE DE PROMOCIÓN

Artículo 62. Promoción de la convivencia: “Se consideran acciones de promoción las políticas institucionales que se concentran en el fomento de la convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un entorno para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y reproductivos”.  (Artículo 36 del Decreto 1965 de 2013).
Para la ejecución de las acciones de promoción, definidas en los artículos 16 y 30 de la ley 1620 de 2013 y en el artículo 36, del  Decreto reglamentario 1965 de 2013, el Comité de Convivencia  deberá realizar un plan de acción, que comprenda como mínimo los siguientes elementos:
1). Liderar conjuntamente con el Consejo Académico y Directivo, para que desde el diseño Curricular por competencias (planes de área) se incluyan temas relacionados con: Competencias ciudadanas, resolución de conflictos, convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos, salud sexual y reproductiva, teniendo presente que estos temas son ejes transversales y en consecuencia deben incluirse en todas las áreas.
2). Establecer conjuntamente con el Consejo Académico los lineamientos generales, el seguimiento y evaluación a los proyectos obligatorios en: “Educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo, y en general, la formación de los valores humanos”. Y  el proyecto de “Educación Sexual”, a través de los cuales se desarrollaran algunas de las acciones estipuladas en la Ley 1620 de 2013 y su Decreto reglamentario 1965 de 2013.
3). Fortalecer el proyecto de Mediadores en Convivencia y Paz, para que a través del mismo se incentive el diálogo, la comunicación asertiva, la mediación y la reparación de los daños causados como una forma de gestión de los conflictos que se presenten en la institución.
4). Crear convenios o acuerdos con otras entidades como:El INDER,  SECRETARIA DE SALUD, POLICÌA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA, PERSONERÌA, SECRETARÌA DE CULTURA Y BIENESTAR SOCIAL, procurando articular en forma coordinada las actividades que realizan estas entidades  con los proyectos de la institución.
5). Establecer un cronograma con diferentes actividades relacionadas con la promoción de la convivencia, que contribuyan a la integración de la comunidad educativa, la protección de los derechos humanos y reproductivos: Direcciones de grupo semanalmente, participación activa en la semana de la convivencia, actos cívicos, jornadas lúdicas recreativas.
6). Vincular activamente al Consejo de Padres, para que aporte y participe en las diferentes actividades de la institución, relacionadas con la Convivencia Escolar y Formación de los Derechos Humanos, la Educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar
7). Socializar con los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa el Manual de Convivencia conforme a los lineamientos consagrados en la Ley 1620 de 2013, su Decreto Reglamentario 1965 de 2013 y demás normatividad vigente.
8). Priorizar la formación a docentes y demás estamentos de la comunidad educativa en temas de: Derechos humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, competencias ciudadanas, desarrollo infantil y adolescente, convivencia, mediación y solución pacífica de conflictos.
9. Crear espacios y condiciones para la formación de los Mediadores en Convivencia y Paz escolar, en temas relacionados con: competencias ciudadanas, mediación escolar y resolución de conflictos, como una estrategia para incentivar el diálogo y la comunicación asertiva entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa, con el propósito de evitar manifestaciones de violencia en los conflictos que se presentan en la institución.
10. Implementar planes y estrategias para el desarrollo de competencias ciudadanas y el ejercicio de los derechos humanos y reproductivos que se puedan visualizar y contribuyan al mejoramiento del clima escolar: Carteleras, Reflexiones en formaciones generales, avisos en la emisora local, pendones, campañas sobre convivencia escolar.
CAPÍTULO IV
ACCIONES  DEL COMPONENTE DE PREVENCIÓN

Artículo 63. Definición.  Se consideran acciones de prevención las que buscan intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la convivencia de los miembros de la comunidad educativa (Artículo 37 del Decreto 1965 de 2013).
Para la prevención de las situaciones que afectan la sana convivencia, en la Institución educativa, el Comité Escolar de Convivencia tendrá presente las siguientes:

1. Propiciar ambientes agradables, mediante la estrategia de una comunicación asertiva y el trato respetuoso, garantizando a la comunidad educativa un clima escolar en el que se respete la diferencia y la vida  íntima de las personas, se reconozcan los ritmos de aprendizaje, los valores y se oriente en la superación de las dificultades, sin recurrir, en ninguna situación, al castigo o discriminación.
2. Crear conciencia  en la comunidad educativa,  acerca de la importancia en el cumplimiento de los deberes con la Institución y como persona: asistencia puntual, cumplimiento de compromisos académicos, porte adecuado del uniforme,  cuidado de la imagen personal y del ambiente y el trato respetuoso con los demás, mediante reuniones generales, carteleras, charlas, jornadas lúdico recreativas, pendones, direcciones de grupo, volantes, reflexiones, lectura frecuente del Manual de Convivencia.
3. Fomentar el sentido de pertenencia con la Institución, a través de  las diferentes acciones pedagógicas enunciadas en los numerales anteriores, sumada a la vivencia cotidiana de los principios y filosofía institucionales, por los integrantes de la comunidad educativa, para que  en acciones de autorregulación pongan en práctica las normas contempladas en el Manual de Convivencia, hagan buen uso de sus instalaciones, utilizando adecuadamente los implementos, los espacios y los servicios institucionales.
4. Propiciar espacios para el descanso y el esparcimiento, como actividades lúdicas, artísticas, culturales y académicas, con la finalidad de fomentar la integración y el aprovechamiento del tiempo libre, participando responsable y sanamente en estas actividades.
5. Establecer convenios con diversas  entidades, para que orienten a los jóvenes, a través de charlas y actividades lúdicas, en temas relacionados con la  prevención de las adicciones y el ejercicio sano y responsable de la sexualidad.
6. Incorporar en los proyectos de Ética y Valores y Competencias Ciudadanas asuntos y dilemas relacionados con los delitos y contravenciones que afectan comúnmente a los jóvenes,  sus causas y consecuencias, para generar conciencia en la comunidad educativa de las ventajas de obrar dentro de la legalidad y  los principios éticos, morales y sociales de cada persona.
7. Prevenir y corregir situaciones delictivas y contravencionales mediante acciones pedagógicas que involucren al estudiante y su familia, con la intervención de personas y entidades idóneas en la prevención, atención y tratamiento de los actos ilícitos (Policía de Infancia y Adolescencia, Bienestar Familiar, psicólogos, trabajadores sociales).
8. Crear conciencia en los estudiantes y en sus familias de la responsabilidad que implica el manejo de la información personal y de sus contactos, conocidos, ciber-amigos, orientando y advirtiendo de los riesgos y delitos en los que puede incurrir si no son usados de forma adecuada.
9. Convocar a los estudiantes a fortalecer su autoestima, autocontrol, autocuidado y su intimidad,  a través de la reflexión y análisis de experiencias vividas por otras personas.
10. Concientizar a la comunidad educativa de que el respeto  por los demás y la tolerancia  implican obligatoriamente la aceptación de que todos somos diferentes.
11. Los docentes del área de tecnología darán a conocer, con frecuencia, las recomendaciones para un uso seguro de las redes sociales, con el propósito de que los estudiantes aprendan a protegerse en la navegación por la red. Además, será su obligación comunicar las situaciones ilícitas informáticas que conozca y que  afecten a la comunidad educativa.
12. Socializar con los estudiantes la Ley de Infancia y Adolescencia en coordinación con entidades como ICBF, Policía  Comunitaria y la Unidad de Infancia y Adolescencia de la Fiscalía General de la Nación.
13. Identificar, dentro del plan de aula, las situaciones más comunes que afecten como factores de riesgo o factores protectores la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a partir del clima escolary del análisis de las características económicas y familiares de los estudiantes de cada grupo, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 17 de la Ley 1620 de 2013.

14. Identificar a la población  implicada en el  porte de armas dentro de la Institución, con la intención de prevenir los daños que pueda causarse a sí misma y a los demás.

CAPITULO V
SITUACIONES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA  Y PROTOCOLES PARA LA ATENCION

Artículo 64.Tipologías de las faltas: De acuerdo con la Ley 1620 de 2013 y el Decreto reglamentario 1965 de 2013, se considerarán faltas las situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos  humanos, sexuales y reproductivos en nuestra institución.
Para efectos de correctivos pedagógicos y protocolos para la atención de las situaciones que afectan la  convivencia , los tipos de faltas se clasifican  como TIPO I,TIPO II y TIPO III.
1. Situaciones Tipo I. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
2. Situaciones Tipo II. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:
a) Que se presenten de manera repetida o sistemática;
b) Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
3. Situaciones Tipo III. Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, referidos en el Título IV del Libro II de la Ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal colombiana vigente.
Artículo 65. Protocolos para la Atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Cuando se presenten situaciones que afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, se deberá realizar el siguiente proceso o protocolo, conforme al artículo 31 de la ley 1620 de 2013:
La ruta de atención integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité Escolar de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del Manual de Convivencia.

El componente de atención de la ruta será activado por el Comité de Convivencia Escolar por la puesta en conocimiento por parte de la víctima, estudiantes, docentes, directivos docentes, padres de familia o acudientes,  de  oficio por el Comité de Convivencia Escolar o por cualquier persona que conozca de situaciones que afecten la convivencia escolar.

Los protocolos y procedimientos de la ruta de atención integral deberán considerar como mínimo los siguientes postulados:

1. La puesta en conocimiento de los hechos por parte de las directivas, docentes y estudiantes involucrados.

2. El conocimiento de los hechos a los padres de familia o acudientes de las víctimas y de los generadores de los hechos violentos.

3. La búsqueda de  alternativas de solución frente a los hechos presen­tados procurando encontrar espacios de conciliación, cuando proceda, garantizando el debido proceso, la promoción de las relaciones partici­pativas, incluyentes, solidarias, de la corresponsabilidad y el respeto de los derechos humanos.

4.    La garantía de  la atención integral y el seguimiento pertinente para cada caso.

Una vez agotada esta instancia, las situaciones de alto riesgo de violen­cia escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes de los establecimientos educativos en los niveles de preescolar, básica y media que no puedan ser resueltas por las vías que establece el manual de convivencia y se requiera la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el rector de la Institución, de conformidad con las decisiones del Comité Escolar de Convivencia, al ICBF, la Comisaria de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda.

Conforme a los protocolos establecidos en el manual de convivencia de la Institución, el  procedimiento a seguir es:
  1. La intervención inmediata del profesor, coordinador o persona que tenga conocimiento del hecho.
  2. Conforme a la clasificación de la situación, poner  de forma inmediata en conocimiento del estamento competente para que realice la intervención del caso y se de aplicación al  debido proceso.
  3. Brindar mecanismos de protección a la persona que informe  sobre  situaciones que afecten  la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en la Institución, con el fin de evitar posibles acciones en su contra.
  4. Garantizar como mínimo el derecho   a la intimidad  la confidencialidad y a la defensa.
  5. Utilizar el trato respetuoso, el diálogo y la comunicación asertiva como estrategia para la gestión de las situaciones que afecten la convivencia  escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos en la Institución.
  6. Poner en conocimiento de los padres de familia o acudientes, cuando sus hijos o acudidos sean afectados o afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.

  1. Realizar las anotaciones en el libro observador, por parte del director de grupo, coordinador o  profesor que tenga conocimiento del hecho, de los estudiantes que con sus acciones afecten la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
  2. Solicitar acompañamiento y seguimiento de las entidades encargadas de atender a los estudiantes con necesidades educativas como complemento a la ruta de atención integral.

PARA LA APLICACIÓN DE LOS CORRECTIVOS SE TENDRÁN EN CUENTA LAS SIGUIENTES CIRCUNSTANCIAS:

1.    Grado de culpabilidad.
2.    Reiteración de la conducta.
3.    Motivos (Innobles o fútiles; piedad, error, engaño, etc.).
4.    Complicidad con compañeros y perjuicio causado.
5.    Modalidad y circunstancias en que se comete.
6.    Grado de perturbación o trascendencia.
7.    El cometer la falta aprovechando la confianza depositada en él.
8.    Cometer la falta aprovechando condiciones de inferioridad de la persona afectada.
9.    Haber planeado y preparado el hecho.
10.  Cometer la falta en estado de alteración originada por circunstancias o condiciones de difícil prevención debidamente comprobadas.
11.  Haber sido inducido u obligado a cometer la falta por otra persona.
12.  La edad, el desarrollo psicoactivo, mental, volitivo y sus circunstancias personales, familiares y sociales.
13.  Los antecedentes del estudiante.
14.  Confesar la falta  y realizar las acciones restauradoras.

ARTÍCULO 66. Situaciones Tipo I: Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, la convivencia, la paz, la inclusión y la diversidad y que en ningún caso generan daños al cuerpo, a la mente, a la integridado a la salud en generalde los individuos; además de las contravenciones por acción u omisión que impiden el normal desarrollo de las actividades pedagógicas.  Se denominan así porque son prácticas que dificultan el orden colectivo, la convivencia y el desarrollo de hábitos de estudio, organización y respeto hacia cada uno de los miembros que conforman la comunidad educativa.
Los siguientes son comportamientos catalogados como tipo I  y pueden afectar el desempeño comportamental y actitudinal:

1.    Permanecer fuera del aula en horas de clase, negarse a ingresar al aula, o ausentarse de la misma sin autorización del docente.
2.    Presentarse a la institución portando incorrectamente el uniforme o no portarlo, sin justificación escrita y firmada por su acudiente.
3.    Utilizar o portar el uniforme en contra de las normas establecidas por la institución.
4.    Perturbar el normal desarrollo de clases o actividades académicas o culturales, mediante conversaciones no autorizadas, gritos extemporáneos, risas, burlas, juegos, gestos, silbidos, remedos; circulación por el aula, laboratorio, biblioteca, auditorio, cancha o lugar similar de clase,  en momentos inadecuados.
5.    Comer y/o beber alimentos y golosinas en clase o durante la realización de eventos oficiales de la institución.
6.    Llegar tarde o no asistir a la institución o a las clases, injustificadamente.
7.    Desatender el llamado del timbre para el cambio de actividades.
8.    Irrespetar  los símbolos patrios e institucionales.
9.     Desacatar o actuar con rebeldía esporádicamente ante las órdenes de sus superiores.
10.  Incumplir con la entrega de comunicados entre institución y familia: excusas, citaciones, entre otros.
11.  Interferir el trabajo, haciéndoles perder el tiempo a sus compañeros.
12.  Incumplir con la entrega de trabajos y tareas acordados con los profesores ode acuerdo al SIE.
13.  Ingresar sin autorización a las áreas o zonas de tránsito restringido, tales como: Rectoría, Secretaría, Coordinaciones, Sala de Profesores, Laboratorios, Restaurante, Salas de Cómputo,  etc.
14.  Permanecer durante el descanso en las aulas de clases y otros lugares no autorizados.
15.  Negarse a contribuir con el aseo y buena presentación de las aulas y de la institución en general.
16.  Escuchar radio u otro tipo de aparatos de reproducción de música durante las clases o en actos oficiales de la Institución; igualmente hacer uso de teléfonos celulares en las mismas circunstancias.
17.  Utilizar distractores que lleven a la desatención en las clases.

18.  Esconder o arrojar las maletas, morrales y objetos personales de sus compañeros o condiscípulos o realizar “el tortugazo”.
19.  Utilizar los sitios no convencionales tales como rejas, mallas, etc., para entrar, salir o sacar objetos de la institución.
20.  Promover o fomentar el desorden e irrespetar el turno en espacios de usos comunitarios como la tienda, el restaurante escolar y el uso de los baños y/o sanitarios.
21.  Dar mal uso a los materiales, enseres, herramientas, entre otros, que pertenecen a la Institución y  a sus compañeros.
22.   Faltar al cuidado de su higiene personal.
23.  Rayar las paredes, puertas, escritorios y carteleras.
24.  Presentarse a clases sin los materiales requeridos en las diferentes asignaturas, sin justificación.
25.  Hacer uso inadecuado de los residuos sólidos.
26.  Permanecer en el plantel en horarios diferentes al de la jornada escolar salvo autorización expresa (escrita de un docente o directivo).
27.  Manifestar el afecto o la sexualidad de manera exagerada dentro de la Institución.
28.  Realizar ventas en la Institución sin autorización de las directivas del plantel.
29.  Presentar comportamientos que atenten contra la paz, la inclusión y la diversidad. 

ARTÍCULO 67. Protocolos Para la atención de Situaciones Tipo I.
  1. Reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que estas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo con la intervención de los gestores en convivencia y paz escolar.

  1. Fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia escrita en el libro observador.

  1. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en los artículos 43 y 44 del presente decreto.

  1. De todas las instancias del proceso debe quedar constancia escrita, respaldada con la firma de los implicados (estudiante, profesor, Coordinador, padre, madre de familia y/o acudiente o grupo de  gestores de Convivencia Escolar). En caso de una negativa de firma(s) se recurre a un testigo.


Estas situaciones son atendidas por:
-       Docente que presencia la situación quien hace la corrección inmediata, con notificación a los mediadores de paz y convivencia, dejando constancia escrita del hecho en el observador.
-       mediadores de paz y convivencia que presencien la situación o reciban la información; con notificación escrita al director de grupo para hacer el informe escrito en el observador.
-       El director de grupo, quien es el responsable de hacer el seguimiento a las situaciones tipo I y activar  el protocolo en caso de presentarse reincidencia.
-       Comité de Convivencia quien toma las decisiones,con el acompañamiento, si es el caso, der la maestra del aula de apoyo y los psicólogos de escuela para la vida.
-       El Consejo directivo quien hace  las sugerencias al rector
-       El Rector quien sanciona.
De todas las instancias del proceso se debe dar  información  al Coordinador.
  • La reincidencia por primera vez en la misma situación tipo I amerita la intervención del grupo de mediadores de paz y convivencia.
  • La reincidencia por segunda vez en la misma situación tipo I exige la presencia del padre, madre o acudiente del estudiante a un diálogo mediador con el coordinador(a).
  • Si después del diálogo mediador, el estudiante persiste en la misma situación, incurrirá en suspensión gradual de uno, dos y tres días con resolución rectoral y citación de padre, madre o acudiente.

  • Agotado el recurso de la intervención del Comité de Convivencia se procede a la  firma del compromiso pedagógico en Coordinación.
  • En caso de incumplimiento del compromiso pedagógico se remite el caso al Consejo Directivo.
  • Si el Consejo Directivo sugiere el cambio de institución o cancelación de matrícula el rector a su discreción  tomará la decisión realizando el acto administrativo correspondiente.

ARTICULO 68. Situaciones Tipo II: Se enmarcan en este tipo las situaciones o comportamientos que atentan contra los principios institucionales, la convivencia, la paz, la inclusión y la diversidad y el desempeño comportamental y actitudinal, perturbando el normal desarrollo de las actividades y que invaden la esfera de los derechos de los otros miembros de la comunidad educativa.
Los siguientes son comportamientos catalogados como Tipo II en nuestra institución y que  ameritan la aplicación del debido proceso, la ruta de atención integral y protocolos contemplados en el decreto 1965 del 2013.
1.    La reincidencia de cualquiera de las faltas consideradas como Tipo I, que se presenten de forma repetida o sistemática.
2.    Utilizar vocabulario soez u ofensivo contra cualquiera de los miembros de la comunidad educativa que busque degradar, humillar, atemorizar, descalificar, excluir y diferenciar a otros
3.    Irrespetar la individualidad de miembros de la comunidad educativa, mediante burlas, apodos, comentarios ofensivos, discriminatorios o de cualquier otra forma.
4.    Realizar agresiones gestuales que busquen degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.
5.    Práctica de juegos bruscos que atentan contra, la paz, la armonía y la integridad personal tales como “los calvazos” u otras prácticas de moda para los estudiantes.
6.    Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua, o haciendo bromas que atenten contra el aseo y seguridad de compañeros y de la institución.
7.    Fumar dentro de la Institución o fuera de ella, portando el uniforme.
8.    Agredir verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
9.    Encubrir y patrocinar la comisión de actos graves.
10.  Incitar a los compañeros a agredirse física y verbalmente.
11.  Actitudes de irrespeto hacia profesores, directivos docentes y demás personal administrativo.
12.  Responder con altanería y grosería a los llamados de atención.
13.  Rebeldía o desacato frecuente a órdenes de sus superiores.
14.  Utilizar inadecuadamente los servicios sanitarios.
15.  Desconocimiento de la autoridad institucional.
16.  Portar y/o utilizar detonantes (papeletas, voladores, pólvora, etc.), pinturas, sustancias químicas (tales como pica-pica, gas pimienta, pedos químicos u otras) que impidan o alteren el buen desarrollo de las actividades.
17.  Permanecer con el uniforme en establecimientos públicos donde haya expendio de alcohol y sustancias psicoactivas.
18.  Utilizar distractores que lleven a conflictos generando peleas y agresiones físicas o verbales.
19.  Incumplir permanentemente en las actividades culturales y cívicas  programadas por la Institución.
20.  Excluir, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
21.  Hacer uso indebido del transporte demostrando mala educación con silbidos, rechiflas, despojos de prendas de vestir.
22.  Asumir comportamientos  de burla, desprecio y humillación hacia compañeros con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje,  con algún tipo de discapacidad física o también hacia otros compañeros con capacidades sobresalientes o especiales y que pertenezcan a un grupo social, político y religioso.
23.  Incumplir el contrato pedagógico previamente firmado por el estudiante.
24.  Tener relaciones genitales dentro de la Institución.
25.  Evidenciar un comportamiento inadecuado en las salidas pedagógicas, recreativas y culturales.
26.  Utilizar las redes sociales para ofender, insultar o ridiculizar algún integrante de la Comunidad Educativa.
27.  Presentarse a la Institución en estado de alicoramiento.
28.  Presentarse a la Institución bajo los efectos de estupefacientes, alucinógenos y psicotrópicos.
29.  Irrespetar las pertenencias ajenas de cualquier persona de la Institución.
30.  Utilizar inadecuadamente los muebles, enseres e instalaciones, en consideración a que son bienes de uso común.
31.  Hacer letreros o dibujos que denigren u ofendan a cualquier persona o Institución y que deterioren la propiedad privada o pública.
32.  No entregar en óptimas condiciones todos los implementos y materiales utilizados para las labores académicas al término del año escolar o en caso de retirarse de la Institución.}
33.  Usar el nombre de la Institución para cualquier actividad social o cultural no autorizada por el Consejo Directivo.
34.  Dañar la decoración, carteleras o avisos que se pongan para informar o complementar el proceso formativo.
35.  Presentar las evaluaciones y trabajos asignados recurriendo al fraude.
36.  No solicitar ante quien corresponda los permisos estrictamente necesarios y plenamente justificados para ausentarse, llegar tarde o no asistir al plantel.
37.  Protagonizar y participar en actos bochornosos dentro y fuera de la Institución.
38.  No acatar las observaciones, órdenes o sugerencias de cualquier docente o directivo docente de la Institución.
39.  Deslealtad con la Institución y su filosofía al no manifestar sentido de pertenencia y proyectar una mala imagen de ella.
40.  Presentarse a la Institución sin haber cumplido con el (los) trabajo(s) asignado(s) como complemento de la medida correctiva.
41.  Traer a la Institución y exhibir cualquier tipo de documento pornográfico o en internet dentro de la Institución.
42.  Evidenciar un comportamiento inadecuado en las salidas pedagógicas, recreativas y culturales.
43.  Agresión física a cualquier miembro de la comunidad educativa, sin que produzca secuelas, “daños al cuerpo o a la salud y no genere incapacidad alguna a cualquiera de los involucrados

ARTÍCULO 69. Protocolos Para la atención de Situaciones Tipo II.
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia escrita.
2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia escrita.
3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia escrita.
4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia escrita.
5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando, en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos.
6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada con la intervención de los gestores en convivencia y paz.
7. El presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva.
8. El Comité Escolar de Convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.

9. El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
10. De todas las instancias del proceso debe quedar constancia escrita, respaldada con la firma de los implicados (estudiante, profesor, Coordinador, padre, madre de familia y/o acudiente o grupo de  gestores de Convivencia Escolar). En caso de una negativa de firma(s) se recurre a un testigo.


Estas situaciones son atendidas por:
1.    El Coordinador quien hace el seguimiento  y remite, si es del caso y pertinente, a los mediadores en convivencia y paz escolar.
2.    Los mediadores  convivencia y paz escolar.
3.    Comité de Convivencia, quien toma las decisiones con el acompañamiento, según sea el caso, por la maestra del aula de apoyo y los psicólogos de escuela para la vida.
4.    El Consejo directivo quien hace  las sugerencias al rector.
5.    El rector quien sanciona.
De todas las instancias del proceso se debe dar  información  al director de grupo.
1.    El coordinador quien recibe la notificación inmediata de la persona que presencia o es conocedora de la situación dejando constancia escrita del hecho en el observador.
2.    Los mediadores de Convivencia y Paz Escolar, citando a las partes a un diálogo mediador, con los encargados de realizar la función de mediadores escolares. En  este tipo de  situaciones, los mediadores deben   remitir   a los estudiantes implicados al director de grupo o coordinador, en el evento que  las partes  implicadas en el conflicto, establezcan  acuerdos mediante una acta de  mediación, la misma debe  ser ratificada por el coordinador y el Comité de Convivencia.

3.    Citación inmediata de los padres de familia o acudiente de los estudiantes involucrados para notificar el hecho e instaurar las acciones de reparación, restablecimiento de los derechos y/o reconciliación, dejando constancia escrita  en los formatos establecidos en la Institución.

4.    Remisión a rectoría para analizar el caso y determinar la aplicación del correctivo acorde a la situación con desescolarización de uno (1) a cinco (5) días.

5.    Informar de manera inmediata por escrito al presidente del Comité de Convivencia quien a su vez informa a los demás integrantes sobre lo ocurrido y las medidas adoptadas.
  • Agotado el recurso de la intervención del Comité de Convivencia y dada la reiteración de las situaciones tipo II por segunda (2) vez, se procede a la firma del compromiso pedagógico en coordinación, con la intervención indispensable de un profesional de la salud (psicólogo, psiquiatra o trabajador social).
·         Cuando después de agotados todos los recursos de mediación y los correctivos previstos en la norma y en el manual de convivencia, el estudiante no presenta cambios significativos en su comportamiento, se remite la situación al Consejo Directivo quien sugiere al rector cambio de Institución o cancelación de la matrícula  previo estudio del caso.
PARÁGRAFO 1. En cualquier instancia se debe mantener la confidencialidad, privacidad y reserva, protegiendo el derecho a la integralidad e intimidad de los involucrados, generando los espacios para la exposición clara y precisa de lo acontecido.

PARÁGRAFO 2.  No graduación por ceremonia: Los estudiantes de undécimo grado que por reincidencia en faltas  tipo II, sean desescolarizados por 3 o más días, no se harán merecedores de la graduación por ceremonia.


ARTICULO 70. Situaciones Tipo III: Las siguientes son faltas constituyen situación de agresión escolar en contra de la libertad, la convivencia, la paz, la inclusión, la dignidad humana,  la integridad y la formación sexual.
1.     Distribuir o expender drogas psicotrópicas, estupefacientes y yerbas con efectos alucinógenos y/o bebidas embriaganteso cualquier otro elemento que ponga en riesgo la salud física o mental, propia o de cualquier miembro de la comunidad escolar.
2.    Portar, guardar y/o utilizar armas corto punzantes, de fuego y/o artefactos explosivos.
3.    Inducir a la prostitución, constreñimiento a la prostitución, trata de personas, estímulo a la prostitución de menores.
4.    Alterar los informes valorativos, registros de asistencia, certificados de estudio, documentos, excusas, entre otros.
5.    Causar la muerte a cualquier miembro de la comunidad educativa.
6.    Participar en actos delictivos por fuera de la Institución portando el uniforme.
7.    Apropiarse de los bienes materiales o intelectuales de cualquier miembro de la comunidad educativa.
8.    Participar en actos vandálicos que atenten contra el bienestar y la seguridad de la comunidad escolar.
9.    Utilizar las redes sociales para amenazar, calumniar o cometer cualquier tipo de delito contra algún integrante de la comunidad educativa.
10.  Acudir al chantaje, extorsión, soborno, amenaza o bullying en beneficio propio o ajeno.
11.  Agredir físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa siempre que dejen como resultado lesiones graves, secuelas o incapacidad.
12.  Injuriar y/o calumniar a cualquier miembro de la comunidad educativa.
13.  Acosar sexualmente o incurrir en acceso carnal violento a cualquier integrante de la comunidad educativa.

ARTÍCULO 71. Protocolos Para la atención de Situaciones Tipo III.
1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.
2. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia.
3. El presidente del Comité Escolar de Convivencia de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia.
4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del Comité Escolar de Convivencia en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia.
5. El Presidente del Comité Escolar de Convivencia informará a los participantes en el comité, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente.
6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el Comité Escolar de Convivencia adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.
7. El presidente del Comité Escolar de Convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.
8. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento por parte del Comité Escolar de Convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del Comité Municipal, Distrital o Departamental de Convivencia Escolar que ejerza jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el hecho.

Estas situaciones son atendidas por:
1.    El rector quien activa la ruta de atención integral
2.    El Comité de Convivencia quien analiza los casoscon el acompañamiento según sea el caso por la maestra del aula de apoyo y los psicólogos de escuela para la vida.
3.    El Consejo Directivo quien realiza las recomendaciones al rector, en los casos en que se amerite el correctivo de cambio de institución o cancelación de matrícula.
4.    El rector quien expide los actos administrativos correspondientes.

De todas las instancias del proceso se debe dar  información  al director de grupo y al coordinador(a).
1.    El rector quien recibe la notificación inmediata de la persona que presencia o es conocedora de la situación dejando constancia escrita del hecho en el acta.

2.    El rector quien remite a las entidades competentes en salud o a las autoridades administrativas, dejando constancia escrita del hecho en los formatos establecidos por la Institución y cita de manera extraordinaria al Comité de Convivencia.

3.    El Rector o los coordinadores que citarán de forma inmediata a los padres de familia o acudiente de los estudiantes involucrados para notificar  el hecho e instaurar las acciones de reparación, restablecimiento de los derechos y   dejando constancia escrita  en los formatos establecidos por la Institución.
4.    El Comité de Convivencia que analiza el caso y toma las decisiones pertinentes.

5.    El rector que aplica los correctivos conforme  a las decisiones y recomendaciones del Comité de Convivencia. En este caso, se podrán aplicar correctivos de desescolarización entre cinco (5)  y diez (10) días.
En el caso de ser viable la continuidad del estudiante en la Institución se procede a la  firma del compromiso pedagógico con la intervención indispensable de un profesional de la salud (psicólogo, psiquiatra o trabajador social) y el personero estudiantil.
El Consejo Directivo, quien  dependiendo de la gravedad de la situación y las decisiones adoptadas por el Comité de Convivencia, sugiere al rector el cambio de institución para el estudiante.
De todas las instancias del proceso debe quedar constancia escrita, respaldada con la firma de los implicados y las partes que intervengan.

PARÁGRAFO 1: En cualquier instancia se debe mantener la confidencialidad, privacidad y reserva protegiendo el derecho a la integralidad e intimidad de los involucrados generando los espacios para la exposición clara y precisa de lo acontecido.

PARÁGRAFO 2.  No graduación por ceremonia: Los estudiantes de undécimo grado que por reincidencia en faltas  tipo III, sean desescolarizados por 3 o más días, no se harán merecedores de la graduación por ceremonia.

Artículo 72. Protocolos y Medidas de Atención  en los casos en que estén involucrados  estudiantes con NEE:
Cotidianamente llamadas respetuosas de atención, privación de actividades de su agrado, aviso al padre de familia a través del cuaderno Comunicador.
Previo a la aplicación del proceso especial, el docente de aula de apoyo, de acuerdo con el diagnóstico profesional, deberá consignar en el libro Observador y en la hoja de vida del estudiante la necesidad de dicho tratamiento especial.
Artículo 73. Protocoles Para Situaciones tipo I de estudiantes con NEE

Cuando el estudiante sea reincidente en situaciones tipo I, deberá citarse al padre o acudiente para que  presencie  el llamado de atención. Dicha actuación se surtirá ante el Director de Grupo y la maestra  de Aula de Apoyo, con el fin de que obren como garantes de los derechos y se puedan plantear estrategias conjuntas, en procura de que  el estudiante mejore su comportamiento. Si aun así persiste el comportamiento, se  darán pautas al padre de familia con un compromiso de seguimiento continuo. Se estudiará si el caso requiere de tratamiento específico de otro profesional, para remitirlo mediante docente de Aula de Apoyo. (El plazo máximo para que la familia devuelva el resultado de la remisión es de 30 días hábiles a partir de la entrega de la misma).
La actuación deberá ser consignada en el libro Observador del estudiante y en el archivo del aula de apoyo, debidamente firmados por el padre de familia o acudiente.
Artículo 74. Protocoles Para Situaciones tipo II de estudiantes con NEE

Cuando se trata de este tipo de situaciones, será indispensable que el padre de familia o cuidador esté presente  desde el momento de identificar las situaciones que anteceden a la falta y determinar la responsabilidad o no del estudiante. Si la conducta persiste, se hace una remisión al profesional competente, a quien se le pedirá tratamiento y sugerencias de acciones pedagógicas, restaurativas y/o de reparación, tanto para el ámbito escolar como para el familiar. Paralelamente, el padre o cuidador firmará un compromiso con la institución  en el  cual asumirá la obligación de realizarle el tratamiento requerido al estudiante. Si es necesario, porque la falta interfiere en la dinámica escolar, el padre o cuidador deberá acompañar a su hijo  o acudido en la institución, mientras persista la conducta. El retiro temporal de clase o del establecimiento se hará en caso de que el comportamiento del estudiante con NEE afecte la integridad personal de los otros niños o en caso de que el padre o acudiente no realice el tratamiento sugerido.

Si es un estudiante que necesita estar medicado para poder convivir con los demás, se podrá desescolarizar hasta tanto no empiece su tratamiento.
Artículo 75. Protocoles Para Situaciones tipo III de estudiantes con NEE
Cuando se trata de este tipo de faltas,  el padre o cuidador, deberá presenciar la actuación desde el principio, por tanto, se citará previo a la activación  inmediata  de la ruta de atención integral. Se hará un estudio de la conducta presentada para plantear estrategias pedagógicas, restaurativas y de reparación de la falta cometida. El estudiante involucrado deberá asistir a un tratamiento paralelo a la escolaridad. Si se considera que la conducta interfiere en la dinámica de la institución, se implementarán programas de apoyo para ser desarrollados con su familia en el hogar, simultáneos al tratamiento  profesional requerido. En este caso, la institución hará seguimiento pedagógico cada ocho días, mientras el estudiante esté de nuevo en capacidad para estar en grupo.
Artículo 76. Inasistencia e impuntualidad de estudiantes con NEE:
Al estudiante con NEE se le dará un tiempo prudencial, establecido en compromiso con el padre de familia o acudiente y acorde con sus capacidades, para el acatamiento de la norma en cuanto al cumplimiento de horarios. Luego de este tiempo, se procederá como se hace con los demás estudiantes.

CAPÍTULO VI
ACCIONES DE SEGUIMIENTO  PARA SITUACIONES  TIPO II y  III  Y DIRECTORIO TELEFONICO
Artículo 77. Registro de situaciones. El Comité de Convivencia Escolar diseñará los respectivos formatos para el registro de las situaciones de Tipo II y III, con la finalidad de realizar un dato estadístico de las mismas y enviarlas a las autoridades competentes, en los términos establecidos por la los artículos 13 y 30 de la ley  1620 de 2013 y en el artículo  48delDecreto Reglamentario 1960.
Artículo 78. Seguimiento, Evaluación. El Comité de Convivencia hará  seguimiento y evaluación  semestralmente de las acciones establecidas en el manual de convivencia para la promoción y fortalecimiento de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, para la prevención y mitigación de la violencia escolar y el embarazo en la adolescencia y para la atención de las situaciones que afectan la convivencia escolar, los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Del seguimiento y evaluación se presentará informe a la comunidad educativa.
Artículo 79. Directorio Telefónico: La Institución Educativa elaborará   y colocará en un lugar visible de cada una de las sedes, un directorio que contenga los números telefónicos actualizados de las siguientes entidades y personas: Policía Nacional, del responsable de seguridad de la Secretaría de Gobierno municipal, distrital o departamental, Fiscalía General de la Nación Unidad de Infancia y Adolescencia, Policía de Infancia y Adolescencia, Defensoría de Familia, Comisaría de Familia, Inspector de Policía, ICBF - Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, del puesto de salud u Hospital más cercano, Bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil, Medicina Legal, de las entidades que integran el Sistema Nacional de Convivencia Escolar. Igualmente en la Secretaría de la institución deben estar sistematizados los números telefónicos actualizados  de los padres de familia o acudientes de los niños y adolescentes  matriculados en el establecimiento educativo.


TITULO CUATRO
ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES Y SOCIALIZACIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA A LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Artículo 80. Actividades Extracurriculares.  Se entiende por actividades extracurriculares “como el conjunto de acciones y procesos  que contribuyen al cumplimiento   de los objetivos de la educación, expresados en la Ley 115 de 1994, las cuales  pueden ejecutarse a través de proyectos y/o  programas de formación  complementarias  y son una oportunidad  para desarrollar habilidades  e intereses particulares o mejorar el desempeño académico, personal y social de los alumnos”.
La Institución Educativa José Roberto Vásquez tiene como  filosofía institucional la “Educación para el desarrollo humano”,  que se constituye en la razón de ser de nuestro quehacer  educativo.  Dentro de este marco filosófico, se hace necesario que cada uno de los miembros de la comunidad educativa esté en  un constante proceso de conocimiento y autoconocimiento, con el fin de descubrir las capacidades físicas, artísticas e intelectuales y así poder impartir y recibir, de la mejor manera posible, una formación académica y humanística que responda al compromiso de ser continuadores y transformadores de la sociedad y la cultura.
Con base en su filosofía  la institución promociona y ejecuta diferentes actividades artísticas y culturales o actividades extracurriculares, por fuera de la jornada escolar,  los cuales se desarrollan con base al interés de los estudiantes, al recurso humano y  logístico con que cuente la institución, como: El coro, práctica de diferentes actividades deportivas en convenio con el INDER y los establecidos en los diferentes proyectos institucionales.
Artículo 81. Estrategias pedagógicas de Socialización: Para socializar el Manual de Convivencia y la adecuación de la Ley 1620 de 2013 y el Decreto Reglamentario 1965 de 2013, se tienen previstos los siguientes procedimientos:
1. Entrega de copia del Manual de Convivencia en medio magnético (CD) durante la matrícula y firma de manifiesto de aceptación y compromiso de acatamiento del Manual.
2.  Trabajo transversal en todas las áreas del plan de estudios, al inicio del año lectivo
3. Reuniones y jornadas de socialización y multiplicación del Manual de Convivencia, vinculando a toda la comunidad educativa
4.  Circulares informativas periódicas.
5.  Información en el blog institucional.